MACHADO JORGE CARLOS c/ PEREZ MARTINEZ OSCAR HORACIO Y OTROS s/NULIDAD DE ESCRITURA/INSTRUMENTO
Número de expediente | CIV 100489/2005/CA001 |
Fecha | 27 Mayo 2021 |
Número de registro | 6740 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K
100489/2005
MACHADO JORGE CARLOS c/ PEREZ MARTINEZ OSCAR
HORACIO Y OTROS s/NULIDAD DE
ESCRITURA/INSTRUMENTO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de mayo del año 2021, hallándose reunidos los Señores Vocales de la S. K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo C.il de la Capital Federal, a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos: “MACHADO, JORGE CARLOS c/
PEREZ MARTINEZ, OSCAR s/ NULIDAD DE ESCRITURA/ INSTRUMENTO”,
habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden del sorteo de estudio, el Dr. O.O.A. dijo:
La cuestión litigiosa.
J.C.M. promueve demanda (fs. 5/12) contra H.P.M. y C.M.B., por nulidad del testamento por acto público de fecha 2 de julio del año 2004. Señala que la testadora, M.E.M. -su hermana- no se encontraba en estado de adecuado y correcto discernimiento al momento de su otorgamiento.
Expresa que la nombrada contrajo matrimonio con A.V.S. y que no tuvieron descendencia; falleciendo su cónyuge el día 9 de agosto del año 2003,
siendo allí cuando aparecieron los accionados, obteniendo -con engaños- un poder de su hermana para tramitar la sucesión de aquél. Refiere que M.E. padecía de un tumor cerebral que le impedía toda movilidad, sumiéndola en largos períodos de depresión y obnubilación de su capacidad mental, con pérdida de la comprensión y desorientación témporo-especial; lo que llevó a que, los últimos tres o cuatro meses de su vida, ya no pudiera dirigir sus acciones, ni ejercer su voluntad, estando absolutamente divorciada de la realidad. Advierte que ello se acredita con certificados emitidos en junio de 2004, que patentizan su estado de salud y que carecía de facultades mentales y de voluntad como para efectuar un acto jurídico; los cuales han sido presentados en una acción de amparo tramitada ante el fuero Contencioso Administrativo (Juzgado N° 10, causa N° 9829/02). Que, sin embargo, los demandados obtuvieron -en forma antijurídica- un testamento por escritura pública, fechado el 2 de julio de 2004, falleciendo su hermana el 11 de julio siguiente.
Fecha de firma: 27/05/2021
Alta en sistema: 28/05/2021
Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: JULIO M.A.R.V., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: O.O.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA
Sostiene que, si bien el testamento de que se trata -en principio- cumple las formalidades legales, el escribano no tiene por misión comprobar auténticamente el estado de la otorgante, ni puede apreciar cabalmente su salud; mucho menos los testigos. En el caso, no pudieron registrar el cuadro completo que mostraba días antes de testar, ya con un panorama irreversible y terminal y que, al 2 de julio de 2004, no discernía sus actos.
Aduce que, fallecida su hermana, siendo el único heredero, comenzó a reunir la documentación para iniciar los trámites sucesorios y que, grande fue su sorpresa,
cuando el Registro de Juicios Universales le informó que los demandados habían iniciado tanto la sucesión ab intestado de su cuñado, como la testamentaria de su hermana, en favor de ellos.
Cuenta que él era su único hermano vivo, que no tenían a nadie más y que su relación fraterna era muy fuerte; que ella nunca hizo nada sin consultarle, sobre todo después del fallecimiento del esposo y que era impensable que pudiera -libremente-
testar a favor de otra persona. Expone que, M.E., prestaba dinero por mutuos hipotecarios a través del escribano P.. Agrega que, cuando ya se sentía mal de salud, le había pedido a él que llamara al escribano para testar a su favor y le respondió que no hacía falta, que debía confiar en recuperarse y que -además- no era necesario porque la ley establecía el orden sucesorio.
Relata que, en los últimos meses de vida de su hermana, notó la presencia de los demandados en la casa y ella le dijo que eran “…conocidos de su esposo…” y del escribano P., que cuando aquél se enfermó, ellos lo llevaban a ver partidos de futbol y que creía que trataban de ayudarla en la administración de sus bienes.
Refiere que esas personas le impedían acercarse a M.E., con diversos artilugios e -incluso- y en alguna oportunidad le pidieron que les entregara una importante suma de dinero -en dólares- que le guardaba a su hermana,
argumentando que ella la solicitaba para hacer una operación financiera, lo que cumplió para no contradecirla. Que, iniciado el año 2004, ella ya no salía de su casa y,
a partir del mes de mayo, perdió todo contacto con la realidad; que divagaba y ya no reconocía a nadie, porque vivía en un estado de sopor permanente, debido a las drogas y medicamentos recetados por los médicos tratantes.
Entiende, en definitiva, que la Sra. M. no pudo manifestar su voluntad libremente, que fue inducida y captada su voluntad mediante maniobras dolosas,
fingiendo afectuosidad y prestándole servicios que los demandados no hubieran realizado, si no fuera su intención heredarla.
Funda su derecho, ofrece prueba y solicita se haga lugar a la demanda,
Fecha de firma: 27/05/2021
Alta en sistema: 28/05/2021
Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: JULIO M.A.R.V., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: O.O.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K
declarándose la nulidad del testamento otorgado por la causante, M.E.M., con costas a cargo de los accionados.
A fs. 31/34, comparece O.H.P.M., quien contesta la demanda, pidiendo su rechazo. Tras la negativa formal de los hechos invocados por la accionante que no sean objeto de expreso reconocimiento, narra su versión de los mismos.
Manifiesta que la hermana del actor -M.E.M.- tenía gran amistad con su madre, M.C.M. -hoy fallecida-, desde que ambas eran compañeras en el colegio San Genaro de la Ciudad de Buenos Aires; por lo que M.E. lo conocía desde su nacimiento y lo consideraba parte de su familia, como al sobrino o el hijo que nunca tuvo. Manifiesta que ambas familias tenían un vínculo muy fuerte, siendo habituales las reuniones en cumpleaños, días de año nuevo, navidad y otras festividades; que ha pasado en casa de aquélla, muchas noches y hasta fines de semana enteros.
Recalca que M.E. lo apreciaba mucho y que le causa tristeza que su hermano se refiera a él como “…un conocido del esposo…” que “…hace su aparición luego de fallecer el marido…”; cuando su relación fue a lo largo de toda la vida y,
precisamente, en abril de 2004 -cuando avanzó su enfermedad y dada la confianza que le tenía- es que ella le otorgó el poder -con amplias facultades- para que se ocupe de todo lo relativo a la administración de sus bienes.
Agrega que la relación de M.E. con su hermano -aquí actor- era muy especial. Que no se llevaban mal, pero era fría y distante; que él no se inmiscuía en la intimidad de su hermana. Alude que, en la infinidad de eventos que compartió con ella,
jamás estuvo presente el actor; a quien recién conoció personalmente en la etapa de enfermedad de aquélla.
En cuanto al tema de salud, alega que ella tenía un tumor en el cerebro, pero no influyó -en absoluto- en su raciocinio, manteniéndose totalmente lúcida hasta su muerte. Sus problemas se centraban en la movilidad y la debilidad física, no en sus aptitudes mentales; no la afectó, en forma alguna, en su capacidad para decidir.
Recrea que, el escribano P., se constituyó en el domicilio de M.E.M. y se cercioró que se hallaba en pleno goce de sus facultades mentales. Que,
si bien es cierto que no es un especialista en temas médicos, se trata de la apreciación de un escribano con más de cuarenta años de experiencia en el ejercicio de su profesión. Asimismo, los tres testigos del acto -hábiles para dicha función- tuvieron y exteriorizaron la misma valoración sobre la capacidad de testar de aquélla, prestando la debida conformidad al acto.
Fecha de firma: 27/05/2021
Alta en sistema: 28/05/2021
Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: JULIO M.A.R.V., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: O.O.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA
Señala que el testamento por acto público que se pretende objetar, hace plena fe hasta que sea argüido de falso y que, la realidad de los hechos, es que M.E.M. -en pleno gobierno de sus actos- procuró beneficiar a sus seres más queridos, favoreciéndolo por el afecto recíproco y gratitud de toda una vida, como también al Sr. C.M.B., quien por otro lado es familiar de ella.
Expresa que el accionante efectuó -además- una denuncia contra ellos, con fecha 13 de junio del año 2005 (causa N° 28023/05), en la que fueran sobreseídos;
manifestando allí que su hermana “…estaba psíquicamente bien, pero al final muy mal y que no podía hablar…”, que no se entendía el fin de la denuncia, haciendo alusión a una serie de hechos poco claros y falsos.
Funda su derecho, ofrece prueba y peticiona se rechace la demanda, con costas.
A fs. 55/64 se presenta C.M.B., contestando la demanda que le fuera cursada, solicitando su rechazo, con costas. Niega los hechos esgrimidos por el actor y afirma que M.E.M. presentaba un cuadro físico en el que sus facultades mentales no estaban alteradas; que, si como señalara el reclamante,
presentaba un cuadro “…de sopor permanente…”, cómo se explica qué -según éste sostiene- le hubiera pedido que llamaran a su escribano de confianza para testar.
Niega, así, que hubiera estado inconsciente días enteros, ni siquiera horas.
Describe la rutina de la causante, la que era visitada por su médico -Dr. S.-
con quien conversaba. Que hacía la lista de las compras, decía qué quería comer, leía diarios y revistas, veía televisión, reconocía a las personas y sabía lo que hacía,
comprendiendo el alcance de sus acciones. Añade que sabía que estaba mal y que moriría.
Expresa que la voluntad de M.E., siempre fue excluir a su hermano de su herencia -quien no es un heredero forzoso- y que las personas a favor de quienes...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
