Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - Sala e, 14 de Enero de 2011, expediente 66.650

Fecha de Resolución14 de Enero de 2011
EmisorSala e

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. 66.650 - Sala de feria. “M.G., H.A.J. s/ Habeas Corpus”

Bahía Blanca, 14 de enero de 2011

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1ro.) Que el señor juez de grado desestimó la ac-

ción de hábeas corpus interpuesta a favor de Hugo Andrés José MAC

GAUL y remitió los autos en consulta de conformidad con lo dispuesto por el art. 10 de la ley 23.098.

Para resolver como lo hizo, consideró que ésta no es la vía adecuada para impugnar lo resuelto en el incidente que re-

vocó la excarcelación otorgada por este tribunal, puesto que su deten-

ción obedece a un mandato judicial.

2do.) Que, en tal sentido, si bien el hábeas corpus es un remedio frente a la "amenaza actual de la libertad ambulatoria"

(art. 3, inc. 1, ley 23098), lo cierto es que resulta improcedente cuan-

do, como en el sub lite, tal amenaza proviene de una orden escrita de autoridad competente (art. 3 cit.), originada en un proceso judicial seguido ante el juez natural de la causa (cf. Fallos, 311:2058, "T.E.C. y J.O.F.", 6/10/1988).

3ro.) Que, por otra parte, no se desconoce que en casos de excepción se ha franqueado la vía intentada, pero, en tales supuestos, para que el valladar restrictivo que el precepto legal impo-

ne sea sorteado, es imprescindible que concurran, de manera ines-

cindible, dos circunstancias: a) la existencia de groseras y palmarias violaciones al debido proceso o a otras garantías constitucionales, lo cual acontecería en caso de una notoria y flagrante contradicción en-

tre la detención ordenada y las referidas garantías individuales de la Constitución Nacional vulnerada, lo cual, claro está, tornaría el acto jurisdiccional en inconstitucional; b) la inexistencia de otra vía legal apta que, prevista en el orden procedimental de la causa, le permita al recurrente la idónea y eficaz protección de la garantía constitucional que entiende amenazada o conculcada.

Empero, no se advierte que en el subexámine con-

curran los requisitos...

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