Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 8 de Octubre de 2019, expediente FLP 001829/2019/CA001

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I La Plata, de octubre de 2019.-

Y VISTOS: Este expediente N° FLP 1829/2019/CA1, caratulado:

M., T. R. Y OTROS c/ MEDIFE Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Lomas de Z..-

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal de Alzada en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la codemandada M. Asociación Civil, contra las resoluciones del juez de la instancia anterior que hicieron lugar a las medidas cautelares solicitadas (v. fs.

    233/236 y 268 y 15/18, 232, 267, respectivamente).

    En su escrito de inicio, la actora solicitó se obligue a los demandados a que cumplan con la medida cautelar ordenada en el expediente principal caratulado “., L. C/ MEDICINA PRIVADA S.A. S/ AMPARO LEY 16986”, Expte. 128101/2018 y asimismo solicitó (v. apartado VI), la radicación en la secretaría 7 por haber tramitado allí esos autos principales y conexos.

    Se procedió entonces a la certificación de los actuados y consecuentemente el a quo verificó la conexidad existente y aceptó la radicación (v. fs. 14 y 15).

  2. En dicha causa se ordenó a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación que procediera a la reasignación y/o reubicación de la totalidad del padrón de afiliados de la empresa “Medicina Privada S.A.” en otros prestadores inscriptos en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga que contaran con similar modalidad de cobertura de salud y cuota.

    Específicamente se dispuso que debía garantizarse a la totalidad de los afiliados la cobertura íntegra y efectiva de las prestaciones médico asistenciales, conforme los planes médicos oportunamente suscriptos por cada uno y con una cuota mensual de similar valor.

    Ahora bien, mediante la presente acción incoada contra M. y contra la Superintendencia de Servicios de Salud, los actores pretenden que se ordene el cumplimiento de dicha medida, en virtud de que, según denuncian a la fecha de inicio de los actuados, aún no se procedió a la correcta afiliación, o Fecha de firma: 08/10/2019 Alta en sistema: 09/10/2019 Firmado por: JULIO V.R., JUEZ DE CAMARA #33130002#246227702#20191007113041964 se les exigió una cuota mayor a la establecida, o bien se les ha otorgado planes básicos donde los prestadores son en su mayoría hospitales públicos, sin contar con prestadores en la zona de influencia.

  3. La conexidad basada en el principio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR