Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 6 de Agosto de 2019, expediente CFP 020382/2018/2/CA001

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 20382/2018/2/CA1 CFP 20382/18/2/CA1 “M., A.S. s/

procesamiento”.

J.. Fed. n° 10 – S.. n° 19.

Buenos Aires, 6 de agosto de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- La defensa de A.S.M. apeló su procesamiento por el delito del art. 5 inc. e, 1° párrafo, 2° supuesto, en función de lo estipulado en el art. 5° in fine, agravado en los términos del art. 11inc. “e”, todo de la ley 23737, en grado de tentativa.

II- No existe debate sobre cómo ocurrieron las cosas: a fines del año pasado, a M. se le encontró, escondida en sus partes íntimas, una bolsa conteniendo marihuana durante una requisa de ingreso al Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Había concurrido allí a visitar a un interno -F.- que era su pareja (fs. 3 y sgtes del ppal.).

El juez concluyó que la droga iba a ser suministrada a éste gratuitamente para su consumo; de ahí el encuadre del hecho. Y las circunstancias de modo y lugar que lo rodearon, la finalidad de la presencia de la imputada en el sitio y la forma en que procedió avalan ese criterio, contrariando la hipótesis de la defensa.

A la par, son esos mismos aspectos los que no dan lugar a la pretendida imposibilidad de asignar reproche penal al caso, sobre la base de la previsión del art. 44 in fine del CP, porque el efectivo hallazgo del estupefaciente como resultado de la requisa de control no es evidencia de la falta absoluta de idoneidad –ex ante- del medio...

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