Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 3 de Agosto de 2016, expediente CCC 022406/2016/27/CA017

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CCC 22406/2016/27/CA17 CCCF - Sala II CCC22406/2016/27/CA17 “Á., M s/autorización de viaje”.

J.. Fed. n° 7 - Sec. n° 13.

Buenos Aires, 3 de agosto de 2016.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Que llegan las actuaciones a conocimiento y decisión de la Sala con motivo de la apelación deducida por el Sr. Fiscal, Dr. F.D., contra el auto del Juez de grado que hizo lugar al pedido de M. Á. de que se lo autorice a viajar a la provincia de Neuquén entre los días 6 y 14 del corriente mes y año, imponiéndole la obligación de hacer entrega de su pasaporte, comparecer un día de su estadía ante la delegación correspondiente de la Policía Federal Argentina y ante el Tribunal a quo a su regreso.

Ahora bien, los argumentos por los cuales el Ministerio Público Fiscal se agravia de lo así resuelto no logran conmover los fundamentos del fallo.

Es que la pretensión de la parte impugnante de que el nombrado transite el proceso privado de su libertad fue oportunamente evaluada y rechazada el pasado 4 de julio al analizar el recurso de apelación que al efecto se interpuso (cf. el punto dispositivo IV de la decisión adoptada en legajo CCC22406/2016/15/CA6).

Además, en el decisorio en examen expresamente se valoró que el solicitante -quien se encuentra sujeto a una significativa caución y la observancia de diversas obligaciones- hasta aquí

viene cumpliendo regularmente con ellas y ha acreditado debidamente las...

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