Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 19 de Septiembre de 2017, expediente CCF 007292/2014/CA002

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa Nº 7292/2014 –S.

I.- “O. M. E. R. C/ OSDE S/ SUMARISIMO DE SALUD”

Juzgado Nº: 9 Secretaría Nº: 17 Buenos Aires, 19 de septiembre de 2017.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs. 238, fundado a fs. 241/248, el que fue respondido por la parte actora a fs. 258/259, argumentos a los que adhirió el Ministerio Público de la Defensa a fs. 265, contra la resolución de fs.

231/232; y CONSIDERANDO:

  1. El actor (en representación de su esposa) inició acción judicial –con medida cautelar- contra Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)

    solicitando la cobertura integral de internación en institución especializada en la patología que aquélla presenta en “Hogar Constanza” y/o el reintegro de la suma que corresponda a la prestación de Hogar Permanente con Centro de Día, categoría A, con más el 35% adicional en concepto de dependencia, establecido en el Nomenclador Nacional de Prestaciones para las Personas con Discapacidad, con más la cobertura de medicación en la cantidad y dosis prescripta y pañales descartables para adulto; todo ello, conforme lo indicado por su médica tratante y a tenor del cuadro discapacitante que padece (cfr. fs. 20/25).

    En el pronunciamiento que obra en fs. 75/76, y luego de remitir las actuaciones al Cuerpo Médico Forense a fs. 70/74, el Sr. Juez decidió hacer lugar a la medida precautoria solicitada, de modo tal que ordenó a la demandada brindar a la esposa del amparista la cobertura integral de la internación en la institución “Hogar Constanza”, con más la medicación y 250 pañales por mes, conforme lo indicado a fs. 3/7. La demandada apeló dicha decisión a fs. 82/83 y ello fue confirmado por el Tribunal a fs.

    126/128.

    En fs. 59 se abrió la causa a prueba. Constan en las actuaciones:

    1. informes de fs. 152/167, 169/170, 175/184 y 189/190, b) prueba testimonial de fs. 205, c) pericia médica de fs. 209/217 y d) dictámenes del Sr. Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, que lucen a fs. 221/227 y 229 –respectivamente-.

    El magistrado se pronunció sobre el fondo de la cuestión admitiendo la demanda, condenando a OSDE a proveer a la esposa del amparista la cobertura del 100% de la internación permanente en el establecimiento “Hogar Constanza”, con más la medicación e insumos prescriptos por sus médicos en forma ininterrumpida. Las costas fueron impuestas a la accionada (cfr. fs. 231/232).

    Fecha de firma: 19/09/2017 Alta en sistema: 26/09/2017 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI, #24542986#180783440#20170919155342889 La demandada interpuso recurso de apelación contra dicho pronunciamiento, el...

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