Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 11 de Junio de 2019, expediente CFP 002556/2016/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Junio de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CCCF - Sala I CFP 2556/16/1/CA1 “A M P s/ procesamiento”

Juzgado Nº 4- Secretaría Nº 7 Buenos Aires, 11 de junio de 2019.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a consideración de este Tribunal, en virtud del recurso de apelación articulado por la defensa de A M P (fs. 7/10) contra el auto de mérito que dispuso el procesamiento de la nombrada tras considerarla autora del delito de tenencia simple de estupefacientes –artículo 14, primer párrafo, de la ley 23.737- trabando embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de dos mil quinientos pesos ($ 2.500) (fs.1/6).

II- Se le atribuye a la imputada: “haber tenido en su poder, el 1 de marzo de 2016 aproximadamente a las 17:00 horas, en las calles V.F. y Concordia de esta ciudad, la cantidad total de 4, 36 gramos de cocaína, (…) la imputada le entregó un elemento, a una persona de sexo masculino, quien luego de recibirlo rápidamente cruzó las vías del Ferrocarril Sarmiento por la calle Concordia y no pudo ser identificado.

Motivo por el cual A. fue requisada por personal de la Fecha de firma: 11/06/2019 Alta en sistema: 12/06/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA CN °58.384 Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.V. , SECRETARIA DE CAMARA #33648777#236897623#20190611094219039 Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 Comisaría 50°de la Policía Federal Argentina y en presencia de testigos hábiles se le secuestró del interior del bolso que llevaba colgado, un envoltorio de nylon de color verde conteniendo cocaína y debajo de su pie izquierdo, en el interior de una caja de cigarrillos otros once envoltorios de la misma sustancia” (ver fojas 1/11 y 42/47 del expediente principal).

  1. El Dr. Hermida planteó en su oportunidad recursiva que no se encontraban reunidos los elementos probatorios suficientes para sostener la calificación que se le endilga a su pupila.

    En este sentido, solicitó la recalificación de la conducta de A por la figura de tenencia de estupefacientes para consumo personal, ya que la prueba incorporada resultaba insuficiente para afirmar que la droga tenía otro fin distinto que su consumo personal -máxime cuando al momento de prestar declaración indagatoria su descargo fue coherente con la finalidad alegada como consumidora-, y consecuentemente solicitó que se dicte su sobreseimiento, conforme a...

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