Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala E, 8 de Junio de 2018, expediente CIV 036464/2017
Fecha de Resolución | 8 de Junio de 2018 |
Emisor | Camara Civil - Sala E |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E EXPTE. N° 36.464/2017/3 – JUZG. 14 “M., M.S. C/ R., J. P. Y OTRO S/ DESALOJO POR FALTA DE PAGO S/ INCIDENTE CIVIL”.-
Buenos Aires, junio 8 de 2018.-
Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO:
Contra la resolución de fs. 78/79 (248/249), en la que el anterior magistrado rechazó el pedido de que se testen las frases injuriosas y agraviantes vertidas por la actora en perjuicio del peticionante en el escrito de fs. 50/52 punto IV, alza sus quejas el Dr. G.D. en su presentación de fs. 134/135 (252/253), cuyo traslado no fue contestado.
Cabe destacar, en primer término, que el Código Procesal establece en el inc. 1ro. del art. 35 que, para mantener el buen orden y decoro en los juicios, los jueces y tribunales podrán mandar que se teste toda frase injuriosa o redactada en términos indecorosos u ofensivos.
En tal situación la tarea judicial consistirá, en tales circunstancias, en analizar la medida y alcance de dichas expresiones, valorando la trascendencia que asumen las mismas en el proceso, en cuanto a determinar si el que lo ha introducido lo hizo para aportar elementos de convicción al juzgador o simplemente si ellas tienen como finalidad manifestar infundadas ofensas a la parte contraria.
No puede soslayarse, en este análisis, que se encuentran en pugna el derecho de defensa en juicio y el deber de no ofender injustificadamente al otro. El límite a ese derecho debe imponerse cuando las frases injuriosas utilizadas no son necesarias para describir los hechos alegados, o cuando se imputan comportamientos deshonrosos que ni siquiera intentan probarse y exceden en mucho las exigencias del derecho de la defensa en juicio, pues si así lo hiciera, quedaría configurada la injuria vertida en juicio.
Se entiende, entonces, por "frase injuriosa o redactada en términos indecorosos u ofensivos" aquella que persigue solamente una finalidad agraviante, tanto respecto de los jueces cuanto de las otras partes o de sus auxiliares introducidas de mala fe y con el claro propósito de Fecha de firma: 08/06/2018 Alta en sistema: 12/06/2018 Firmado por: J.C.G.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.R., JUEZ DE CAMARA #30012612#208502471#20180608101507100 agraviar al otro excediendo las necesidades de la defensa (conf. C..
Sala A, en autos “Publicitarea S.R.L. C/ Toyota Argentina S.A. S/ beneficio de litigar sin gastos” del 13-05-10).
Obviamente que tales expresiones no pueden dejar de ser valoradas dentro del marco en el cual se...
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