M. M. R. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

Fecha20 Abril 2023
Número de expedienteCCF 019958/2022/CA001

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA II

Causa n°19958/2022

M. M. R. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

Buenos Aires, 20 de abril de 2023. ER

VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado por la demandada el 1 de febrero de este año, cuyo traslado fue contestado el día 7

del mismo mes, contra la resolución dictada el 28 de diciembre de 2022; y CONSIDERANDO:

1) Que la señora jueza admitió la solicitud cautelar formulada en el escrito inicial, ordenando a OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios otorgar al actor cobertura integral para la prestación de internación en alguna de las instituciones ofrecidas por su adversaria en la presentación que realizó el 22 de diciembre último o en la institución “We Care”. En este último supuesto, la magistrada dispuso que la cobertura también sería total si su arancel no fuera superior al monto establecido en el nomenclador para el módulo de hogar permanente con centro de día, categoría A, con más el 35% de ese importe en concepto de dependencia, mientras que en caso contrario la erogación mensual impuesta a la demandada quedaría sujeta al importe así determinado, estableciendo además la forma en que se deberá cumplir la medida precautoria. También ordenó la cobertura total de la medicación prescripta al demandante, de acuerdo con las indicaciones y por el tiempo fijado por el médico interviniente en el caso.

Esa decisión motivó la apelación de la accionada. Invocó ante todo el principio de la Ley N° 24.901 que establece la cobertura de las prestaciones por discapacidad con prestadores propios o contratados por las obras sociales. También controvirtió el empleo de los aranceles del nomenclador para fijar la cuantía de su obligación, afirmando que sólo tienen valor referencial y no son vinculantes. Negó que la institución geriátrica We Care tenga la categoría de centro de día y que se encuentre habilitada como tal,

detallando las condiciones necesarias a ese fin y los servicios que debe ofrecer.

También cuestionó la procedencia del adicional en concepto de dependencia.

Por otra parte, mencionó el resultado de la evaluación realizada al actor y que éste rechazó el ofrecimiento prestacional que realizó. En lo concerniente a la medicación, afirmó que sólo tiene la obligación de cubrir en su totalidad los fármacos que se relacionan directamente con la patología discapacitante del Fecha de firma: 20/04/2023

Alta en sistema: 21/04/2023

Firmado por: FLORENCIA NALLAR, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

afiliado. Sostuvo que en el caso no se configura el requisito del peligro en la demora y destacó que el carácter innovativo de la medida exigía que la magistrada tomara mayores recaudos para decretarla.

El traslado de estos agravios fue contestado en los términos que surgen de la presentación realizada el 7 de febrero del corriente año.

2) Inicialmente es dable recordar que el carácter innovativo de una medida precautoria no es, por sí mismo, un obstáculo para su procedencia;

tampoco lo es la coincidencia total o parcial de su objeto con el de la acción, en tanto se encuentren reunidas las exigencias que hacen a su admisibilidad (confr. esta Sala, causas 9034/16 del 9.2.18 y 4654/21 del 7.2.22, entre otras),

para lo cual corresponde valorar tanto el estado de la parte que la solicita como el resguardo del derecho de defensa de su contraria (C.S.J.N., Fallos:

320:1633).

Ello no implica desconocer la prudencia con que se debe apreciar si se encuentran reunidos los recaudos que hacen a su procedencia, ponderando que se trata de decisiones que alteran el estado de hecho o de derecho existentes al tiempo de su dictado y configuran un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa (C.S.J.N., Fallos: 316:1833 y 319:1069, entre otros). No obstante, no corresponde descartar la aplicación de una medida de ese tipo por temor a incurrir en prejuzgamiento cuando existen fundamentos que imponen expedirse provisionalmente sobre la índole de la petición formulada, procurando evitar los perjuicios que podrían producirse en caso de...

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