Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 5 de Abril de 2018, expediente FLP 001436/2012/CA002

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 1436/2012/CA2 La Plata, 5 de abril de 2018.-

VISTO: Este expediente registrado bajo el N°

FLP 1436/2012/CA2,(Reg. Int. N° 9339) caratulado: “M, J S. s/ Leyes 26364, 17671 y art. 292 CP en tentativa”, procedente del Juzgado Federal de Quilmes, Secretaría Penal N°3.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

I.V. estas actuaciones a conocimiento de la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto, a fs. 1696/1701, por la Sra. Defensora Oficial S.M.P., contra la resolución de fs. 1633/1648, que decretó el procesamiento -con prisión preventiva bajo la modalidad de prisión domiciliaria- de J S. M, por considerarlo “prima facie” autor de los delitos calificados como: Trata de personas menores de edad agravada por mediar el abuso de una situación de vulnerabilidad; en concurso real con Abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente, previstos en los arts. 145 ter, 1º

párrafo, agravado por el tercer párrafo, punto I, del Código Penal de la Nación según Ley 26364 y art. 119, párrafo tercero, inc. F, en función del art. 55 del Código Penal de la Nación. (rigen arts. 306, 307, 312, 314 y concordantes del C.P.P.N., art. 10 inc. ”d” del Código Penal y art. 32, inc. d, de la ley 24.660).

Asimismo mediante la mencionada resolución se fijó la suma de cincuenta mil pesos ($X.000) para responder a la eventual responsabilidad civil y/o penal que de los hechos investigados pudiere surgir.

  1. Esta S. intervino previamente, a fs.

    616/625, en oportunidad de tratar los recursos de apelación interpuestos por el Señor Defensor Oficial Dr. G.L.O., en representación de J S. M, y por la Señora Fiscal Federal, Dra. S.R.C. (ver fs. 494/497 y fs. 504/506 respectivamente).

    Fecha de firma: 05/04/2018 Alta en sistema: 06/04/2018 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #11281446#202858233#20180406120251495 Esos recursos fueron presentados contra la resolución, de fs. 437/443, que decretó el procesamiento de J S. M por considerarlo autor penalmente responsable del delito de falsificación de documento público de los destinados a acreditar la identidad de las personas reiterado en cuatro hechos y tenencia ilegítima de un documento nacional de identidad, todos en concurso real entre sí (artículo 292 segundo párrafo del Código Penal –en cuatro hechos- y artículo 33, inciso c, de la Ley 17.671 –en un hecho-); y dispuso proceder a la extracción de testimonios de las partes pertinentes de la presente causa para su remisión al Juzgado de Garantías en turno con competencia en la localidad de Avellaneda, provincia de Buenos Aires, a fin de que tome intervención en orden a la posible comisión del delito previsto en el artículo 119 del Código Penal.

    En esa oportunidad, esta S. resolvió

    confirmar parcialmente la resolución apelada en cuanto al procesamiento de J S. M y revocar el punto tercero de la resolución mencionada indicando al titular del Juzgado Federal de Quilmes que continúe con la investigación en orden a la posible comisión del delito previsto en el art. 119 del C.P., reasumiendo la competencia de la que se desprendiera, y practicando las diligencias que le fueran propuestas.

  2. A fs. 645/739, se encuentran agregadas copias certificadas de actuaciones labradas por la División Delitos contra Menores de la Policía Federal Argentina remitidas por el Juzgado Correccional Nº 8.

    Asimismo, a fs. 763/779, se encuentran agregadas las tareas de inteligencia efectuadas por la Delegación San Martín de Delitos Federales y Complejos de la Policía Federal Argentina.

    A su vez, a fs. 793/810, se encuentra agregada una Pericia de la División Apoyo Tecnológico de la Policía Federal.

    Por otra parte se encuentran agregadas, a fs.

    818/845, copias certificadas de la causa nº 43.177/13 Fecha de firma: 05/04/2018 Alta en sistema: 06/04/2018 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #11281446#202858233#20180406120251495 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 1436/2012/CA2 del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº

    23 y, a fs. 950/956, un análisis efectuado por la Dirección de Análisis de las comunicaciones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

    Con los elementos existentes, se ordenó

    recibir declaración indagatoria al imputado J S. M por los hechos, calificados como constitutivos de trata de personas menores de edad agravada por mediar el abuso de una situación de vulnerabilidad; en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, agravado por el aprovechamiento de una situación de convivencia preexistente (ver fs. 957/958).

    Esta declaración se encuentra agregada a fs.

    1595/1596, y el imputado hizo uso a su derecho a negarse a declarar.

  3. Así las cosas, con los elementos sucintamente reseñados, el Sr. juez de grado resolvió

    a fs. 1633/1648, decretar el procesamiento -con prisión preventiva bajo la modalidad de prisión domiciliaria- de J S. M, por considerarlo “prima facie” autor de los delitos calificados como: Trata de personas menores de edad agravada...

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