Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 8 de Septiembre de 2004, expediente P 80716

PresidenteKogan-Soria-Genoud-Pettigiani-Roncoroni
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2004
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Dictamen de la P.uración General:

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores condenó a O.H.M. a siete años y seis meses de prisión, por resultar autor responsable de violación de domicilio y tentativa de violación en concurso real. Arts.42, 44, 55, 119 inc.1º, 3º y 150 del Código Penal. (v. fs.255/262 vta.).

Contra dicho pronunciamiento deduce recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley el Sr. Defensor oficial del imputado. (v. fs.268/270).

Previo a dictaminar, considero oportuno señalar que las normas por las que viene condenado el imputado -art.119 incs.1º y 3º del Código Penal- han sido modificadas por la ley 25.087 (B.O 14/5/99). Como consecuencia de ello, puede corresponder la aplicación del art.2º del Código Penal en el presente caso.

Ha resuelto V.E. (conf. causa P.55.979 sentencia del 20 de diciembre de 1996), a contrario de la doctrina emanada de los fallos P.32795 y P.34954 -entre otras-, que la aplicación del mentado precepto legal resulta competencia de los tribunales ordinarios.

Por lo expuesto, estimo que corresponde devolver estos actuados al Tribunal de origen a sus efectos, sin perjuicio de su eventual posterior regreso a esta sede, si correspondiere.

La Plata, 18 de julio de 2001 -J.A. De Oliveira

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 8 de septiembre de 2004 habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresK., S., G., P., R.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 80.716, "., O.H.. Tentativa de violación".

A N T E C E D E N T E S

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Dolores condenó a O.H.M. a la pena de siete años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor responsable de los delitos de violación de domicilio y violación en grado de tentativa, en concurso real entre sí.

El señor Defensor Oficial del procesado interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, la señora J. doctora K. dijo:

  1. ) El 7 de diciembre de 2000, la Cámara de...

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