Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 8 de Agosto de 2017, expediente CFP 004070/2017/10/CA014

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CCCF - Sala I CFP 4070/2017/10/CA14 “M F D s/caución”

Juzgado N° 6 - Secretaría N° 12 Buenos Aires, 8 de agosto de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I) Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de F D contra el decisorio de primera instancia por el cual se le impuso una caución real de $ 20.000 (veinte mil pesos).

II) Se agravia el apelante al cuestionar el monto de la medida cautelar interpuesta, al considerar que excede -palmariamente- las posibilidades concretas de su asistido, teniendo en cuenta la ajustada situación económica por la que atraviesa su defendido.

III) A criterio de los suscriptos la suma fijada por el Juez a quo, luce razonable frente a los objetivos planteados en la anterior intervención de este Tribunal. Ello, considerando -entre otras circunstancias- las condiciones personales del imputado y las particularidades del caso (conf. fs. 20/21).

Fecha de firma: 08/08/2017 Alta en sistema: 14/08/2017 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., SECRETARIO #30020481#185231088#20170808152540418 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 Amén de lo expuesto, no puede pasarse por alto, en cuanto a la neutralización de los riesgos se refiere, que esta Alzada con fecha 26 de julio pasado en el incidente nro.4070/17/4/CA12 condicionó y sujeto la excarcelación del imputado al cumplimiento una serie de requisitos, los que -vale aclarar- aún no han sido en su totalidad cumplimentados. Entre ellos se hallaban: la acreditación fehaciente del número de identidad del encausado (con todas aquellas circunstancias que derivan de ello), la constatación de su domicilio, la interposición de las previsiones del art. 310 del CPPN y la fijación de la prohibición de salida del país.

Por lo tanto, siendo...

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