Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 23 de Mayo de 2018, expediente CAF 003672/2017/CA001

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “EN – M ENERGIA Y MINERIA C/ COMBUSTIBLES AFA SA S/ MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)”

En la Ciudad de C. a 23 días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, reunida en Acuerdo la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “EN – M ENERGIA Y MINERIA C/ COMBUSTIBLES AFA SA S/ MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)” (Expte. N°

3672/2017/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional en contra del proveído de fecha 24 de mayo de 2017, dictado por el Juez Federal N° 2 de Córdoba a través del cual decidió rechazar la medida cautelar solicitada por el accionante (fs. 606 y fs. 608).

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: I.M.V.F. –G.S.M. –E.A..

El señor Juez de Cámara, doctor I.M.V.F., dijo :

  1. Llegan los presentes autos a conocimiento y decisión de este Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional en contra del proveído de fecha 24 de mayo de 2017, dictado por el Juez Federal N° 2 de Córdoba a través del cual decidió rechazar la medida cautelar solicitada por el accionante (fs. 606 y fs. 608).

  2. En oportunidad de fundar el recurso de apelación interpuesto, el apelante manifiesta que le agravia la decisión adoptada por el Inferior ya que no analizó los fundamentos que sustentan la petición efectuada y omitió considerar la verosimilitud del derecho, el Fecha de firma: 23/05/2018 Alta en sistema: 28/05/2018 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: EDUARDO AVALOS #29408872#206865823#20180523130509907 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “EN – M ENERGIA Y MINERIA C/ COMBUSTIBLES AFA SA S/ MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)”

    peligro en la demora y la existencia de un perjuicio irreparable, lo que la convierte en arbitraria. Asimismo, entiende que lo atacado no constituye una derivación razonada del derecho vigente, ni aplica razonablemente la normativa en cuestión.

    Sostiene que ante la existencia de dos resoluciones contradictorias del Poder Judicial respecto del mismo objeto, el Estado Nacional se ve en la situación de tener que dejar de aplicar una normativa que tutela –en definitiva- la seguridad de la población y la salubridad del medioambiente. Por tal motivo especifica que el pedido concreto del otorgamiento de la cautelar se fundamenta en permitirle al Estado –sin ningún tipo de restricción o impedimento- el ejercicio de su potestad de controlar las habilitaciones en materia de hidrocarburos. En el caso concreto sería permitirle no otorgar la habilitación a Combustibles AFA S.A. sin el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente o en su caso permitir que continúe la suspensión del trámite de habilitación hasta tanto se encuentren reunidos todos los requisitos.

    Por ello solicita se revoque el proveído apelado y se haga lugar a la medida cautelar solicitada. Hace reserva del caso federal (fs. 618/625).

  3. Previo a todo cabe reseñar brevemente que con fecha 15 de febrero de 2017 comparece el Estado Nacional y solicita el urgente dictado de una medida cautelar –de carácter autosatisfactiva- en los términos de los artículos 16 y 17 de la Ley 26.854. A través de la...

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