Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 8 de Junio de 2018, expediente CFP 004015/2017/5/CA011

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 4015/2017/5/CA11 CCCF – SALA I CCC 4015/2017/5/CA11 “M C N C s/monto de caución”

Juzgado N° 6 - Secretaría N° 12 Buenos Aires, 8 de junio de 2018.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.19 por la asistencia letrada de N C M C contra el auto de fs. 17/18 en cuanto dispuso fijar la suma de setenta mil pesos ($70.000) como monto de caución a fin de tornar efectivo el pedido de excarcelación solicitado.

  2. La Dra. S.K.M. alegó por un lado, que el magistrado omitió explicar por qué optó por la más gravosas de las medidas asegurativas cuando, a su criterio, no existen circunstancias que lo ameriten; y por otro, que la cifra impuesta resultaba de imposible satisfacción, solicitando su reducción en tanto excede la capacidad económica de su pupila.

  3. Analizadas las constancias de la causa se advierte que el Juez de grado ha fundado adecuadamente el tipo de caución escogida, teniendo en cuenta las características de los hechos por los cuales ha sido procesada la imputada.

Así pues, sus condiciones personales, las circunstancias del caso y su naturaleza -art. 5º inciso “c” de la ley 23.737, en la modalidad de tenencia con fines de comercialización-, permiten advertir que la sujeción a una caución real resulta razonable (cfr. art. 324 in fine del C.P.P.N.).

En cuanto a su monto, a la luz de las reglas que rigen la materia, habida cuenta el tiempo transcurrido desde la concesión de la excarcelación solicitada sin que haya sido oblada la suma oportunamente fijada, se advierte que luce excesiva, resultando Fecha de firma: 08/06/2018 Alta en sistema: 11/06/2018 Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., PROSECRETARIA DE CAMARA...

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