Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 9 de Mayo de 2013, expediente 48.264

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2013

Poder Judicial de la Nación Sala I, Causa N° 48264 “Álvarez °

Figueroa, G.A. s/caución real”

Juzgado N° 11 - Secretaría N° 21

Expte. N° 3878/2011/50

Reg. N° 441

Buenos Aires, 9 de mayo de 2013.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa de USO OFICIAL

G.A.Á.F. contra la resolución adoptada por el Magistrado a cargo del Juzgado Federal N° 11 que decidió supeditar la excarcelación, otorgada al nombrado por este Tribunal, al pago de una caución real de veinte mil pesos ($ 20.000).

Al tiempo de fundar el recurso, la parte cuestionó el temperamento adoptado aduciendo que, a tenor de las condiciones personales de su asistido, la cifra impuesta resulta de imposible satisfacción, excediendo ampliamente su capacidad económica y, en consecuencia, de confirmarse el temperamento puesto en crisis, se tornaría ilusorio el derecho que se le ha reconocido de transitar el proceso en libertad.

A fin de resolver el planteo traído a consideración entendemos que, muy lejos de los parámetros que debió examinar como premisa para resolver sobre el particular, el a quo ha basado su decisión en factores que suponen la culpabilidad del imputado, sin hacer mayor mención a la situación social o económica de Á.F..

Dicho ello, y recordando que la libertad durante el juicio en modo alguno puede quedar desplazada por la capacidad económica del sujeto, es que analizadas las circunstancias atinentes a la situación patrimonial y social del causante, ha de reducirse el monto de caución fijado.

Asimismo, no puede soslayarse que al día de la fecha no se ha hecho efectivo el monto de la caución fijada el pasado 26 de marzo.

A su vez, ha...

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