Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 28 de Septiembre de 2022, expediente FSA 025200151/2013/CA003
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
LUZA, J.D. c/ ANSES s/
REAJUSTES VARIOS
EXPTE. Nº FSA
25200151/2013/CA3 (Juzgado Federal de Orán).
ta, de septiembre de 2022.
VISTO:
I) Que con fecha 2/6/21 el juez de primera instancia rechazó el recurso de reposición interpuesto por la demandada, concediéndole el de apelación deducido de manera subsidiaria en contra de la providencia del 22/3/21 por la que se intimó a la ANSeS “a ingresar nuevamente las actuaciones administrativas del actor en un plazo de 5 (cinco) días y bajo apercibimiento de aplicar las astreintes dispuestas a fs. 177; toda vez que fueron ingresados 21 archivos pdf y ello dificulta la carga de los mismos por parte del juzgado”.
II.- Que el apoderado de ANSeS se agravia aduciendo que no existió conducta omisiva ni reticente de su mandante que justifique el apercibimiento ordenado, en tanto “la sanción pecuniaria dispuesta no solo perjudica el presupuesto operacional de ANSeS sino el del universo de beneficiarios y aportantes del sistema previsional nacional”. Explica que “a través de la línea jerárquica del organismo se ha efectuado consulta respecto a la posibilidad de reducción del tamaño del expediente digitalizado, lo cual será
informado oportunamente en autos
.
1
Fecha de firma: 28/09/2022
Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
Corrido el traslado de ley, la accionante solicitó el rechazo del recurso conforme a los argumentos expuestos en el escrito del 10/6/22.
CONSIDERANDO:
I) Que de los antecedentes de la causa surge que el Sr. J.D.L. es titular del beneficio de retiro policial, expediente Nº 040-20-
08262581-0-001-1, y que en el año 2013 inició acción contra la provincia de Salta y contra ANSeS con el objeto de que se incorpore en su haber mensual como remunerativas y bonificables las asignaciones que percibe el personal en actividad.
El juez requirió en dos oportunidades a la ANSeS la remisión de las actuaciones administrativas correspondientes al trámite mencionado (el primer pedido el 2/11/20 y el segundo el 17/2/21) bajo apercibimiento de las sanciones pecuniarias mencionadas.
Asimismo, consta que en fecha 8/3/21 el apoderado de ANSéS
adjuntó copia digitalizada, ingresando 21 archivos en forma separada; lo que dió lugar a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba