Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 22 de Agosto de 2022, expediente CSS 011299/2018/CA001

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

CAUSA Nº 11299/2018 Sentencia Interlocutoria AUTOS: “L.B. c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la actora contra la resolución de fecha 20 de diciembre de 2019 que declara la caducidad de la segunda instancia conforme lo dispuesto en el art. 310 y conc. Del C.P.C.C.N.

Y CONSIDERANDO:

Que el apelante sostiene que el instituto de la caducidad de instancia en materia de seguridad social debe ser interpretado en sentido restrictivo.

Ahora bien, el instituto de la perención de instancia constituye un modo anormal de finalización del proceso. La doctrina y la jurisprudencia han asumido una postura restrictiva en su aplicación, por lo cual sólo se ha admitido la presunción de renuncia a la continuidad del trámite en supuestos en que la inactividad prolongada neutraliza toda duda al respecto (cfr. C.F.S.S., Sala III, sent. Del 05.07.00, "P., D.").

En esta misma postura la doctrina ha dicho que: “En materia de caducidad de la instancia, la interpretación debe efectuarse en favor de la subsistencia del proceso” (C.N

FED. Civ y Com., II, 23/3/2, “L.L”, 1982-D-269).

Que más allá de las objeciones efectuadas sobre quien ha suscripto la resolución que decreta la caducidad de la segunda instancia, tal como lo señala el Sr. Representante del Ministerio Público Fiscal, en el “sub –examine” el temperamento adoptado por la instancia de grado resulta desproporcionado y no se condice con las particularidades del presente proceso.

Ello así debido a que el art. 15 de la ley 16.986 establece expresamente que en caso de concederse el recurso de apelación “se elevará el expediente al respectivo tribunal de Alzada dentro de las 24 horas de ser concedido” y...

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