Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 6 de Mayo de 2016, expediente FTU 003781/2009/CA001

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 3781/2009 -LUJAN JORGE ALBERTO C/ EST NAC., POLICIA FEDERAL ARGENTINA S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN N° 1.

S.M. de Tucumán, 06 de Mayo de 2016 Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto a fs.

246, y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen estos autos a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 246 por la demandada contra la sentencia de fecha 01 de julio de 2015 (fs.

    234/243) , en cuanto resuelve:

    I) HACER LUGAR a la demanda intentada por J.A.L. en contra del ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DEL INTERIOR - POLICIA FEDERAL, por el cobro de los adicionales por “INESTABILIDAD DE RESIDENCIA” y “SUMA FIJA NO REMUNERATIVA NO BONIFICABLE” creados por los Decretos 2133/91 del 10-10-91 modificado por Decreto 2298/91 y del Decreto 731/92 de fecha 24-

    04-92.

    II) HACER LUGAR a la demanda por reconocimiento de la naturaleza general, remunerativa y bonificable de los suplementos creados por el Decreto 2744/93, conforme lo considerado.

    III) NO HACER LUGAR a la excepción de prescripción deducida por el demandado, siendo de aplicación el art. 4027, inc. 3 del C.C.

    vigente a ese momento con más los intereses en la forma y plazo establecidos en los considerandos respectivos, difiriéndose su cálculo para la etapa de ejecución de sentencia.

    IV) COSTAS a la Fecha de firma: 06/05/2016 Firmado por: M.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: E.C.W., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: R.M.S., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.F.H., SECRETARIO DE CÁMARA #45428#150831384#20160509105957784 vencida (art. 68 procesal).

    V) DIFERIR regulación de honorarios para su oportunidad.

    Concedido el recurso de apelación a fs. 247 y elevadas las presentes actuaciones a esta Alzada, el recurrente expresa agravios a fs. 252/254, los que no fueran contestados por la actora, por lo que queda la causa en estado de ser resuelta.

    1. Carácter bonificable y remunerativo. Que es de destacar que este Tribunal se pronunció sobre la cuestión traída en estudio en reiteradas oportunidades, por lo que las cuestiones que se suscitan en autos resultan análogas a antecedentes en los que esta Alzada ha reconocido el carácter remunerativo y bonificable de los incrementos otorgados por Decreto 2744/93 y demás decretos complementarios (Conf. “O.S. delV., S. de A.L. y otros c/ Estado Nacional- Policía Federal Minist. del Interior s/ inconstitucionalidad, E.. N° 4089/08...

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