Luis Correas

LUIS SEGUNDO CORREAS SA - Comunica que mediante Asamblea General Extraordinaria de fecha 08/03/2014 ha decidido aumentar su Capital Social hasta alcanzar la suma de $ 600.000,00 (pesos seiscientos mil). Modificándose el artículo cuarto de los Estatutos Sociales el que queda redactado de la siguiente forma: Artículo Cuarto: El Capital social asciende a la suma de seiscientos mil pesos ($ 600.000,00) representado por seiscientas mil acciones ordinarias al portador de un peso ($ 1,00) de valor nominal cada una, dividido en doscientas mil acciones (200.000 acciones) clase A con derecho a cinco (5 votos) votos por acción y cuatrocientos mil (400.000 acciones) clase B con derecho a un voto (1 voto) por acción. Mediante Asamblea General Extraordinaria de fecha 02/06/2014 se ha procedido a realizar las siguientes modificaciones de los Estatutos Sociales: a) Duración de la Sociedad: Se dispuso extender su vigencia por lo que se procede a la modificación del Art 2 de los Estatutos Sociales el que queda redactado de la siguiente forma: Artículo Segundo: El termino de duración de la Sociedad será de noventa y nueve años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de sociedades Anónimas. b) Se dispuso el aumento del Capital Social hasta alcanzar los $ 10.080.000,00, modificándose el artículo cuarto de los Estatutos sociales el que queda redactado de la siguiente forma: Artículo Cuarto: El Capital social asciende a la suma de un millón ochenta mil pesos ($1.080.000,00) representado por un millón ochenta mil acciones ordinarias al portador de un peso ($ 1,00) de valor nominal cada una, dividido en ciento ochenta mil acciones (180.000 acciones) clase A con derecho a cinco (5 votos) votos por acción y novecientos mil (900.000 acciones) clase B con derecho a un voto (1 voto) por acción. c) Se modificó el artículo quinto de los Estatutos Sociales el que quedo redactado de la siguiente forma: Artículo Quinto: El Capital Social podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea General ordinaria de Accionistas hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19.550 y su modificatoria ley 22.903. La asamblea fijará las características de las acciones a emitirse en razón del aumento, pudiendo delegar en el Directorio la facultad de realizar emisiones en el tiempo que estime conveniente, como asimismo la determinación en la forma y condiciones de pago. d) Por último se decidió modificar la fiscalización ya que la sociedad no esta...

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