Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 31 de Octubre de 2019, expediente CCF 009367/2017/CA001

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 9367/2017 L. M. L. c/ OSCOMM Y OTRO s/SUMARISIMO DE SALUD Buenos Aires, de octubre de 2019. LC VISTOS: los recursos articulados a fs. 305/06, fs. 307/09 y por OSCOMM, a fs. 310/11 vta., la contestación de agravios de la actora, a fs.

313/24vta., contra la sentencia de fs. 300/04, habiendo dictaminado el señor F. General, a fs. 332/33vta.; y CONSIDERANDO:

  1. Que el magistrado interviniente admitió la acción de amparo articulada y en consecuencia condenó a la ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (OSDE), y a la OBRA SOCIAL DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE (OSCOMM), a mantener a la señora M.L.L. y a su cónyuge, que se encuentra a su cargo, señor E.D. como beneficiarios de los servicios de salud correspondientes al PLAN 310, con los aportes que son deducidos del haber jubilatorio de la interesada de conformidad con lo establecido por el art. 16, de la Ley 19.032 y art. 20 de la Ley 23.660, los cuales dispuso que debían ser transferidos por la ANSES a la obra social, debiendo la actora abonar a OSDE, en su caso, el adicional si el plan fuera superador en los términos del Decreto 576/93, debiendo asimismo garantizarse la continuidad y cobertura de los tratamientos que sean pertinentes en el marco de tal afiliación.

    En cuanto a lo demás, rechazó el pedido de exención del IVA, tras recordar que lo decidido consiste en el mantenimiento de la afiliación en las mismas condiciones en las que se desarrollaba con anterioridad a la jubilación de la actora, quien no justificó los motivos por los cuales no debería pagar dicho impuesto; y que por tanto la admisión de lo pretendido implicaría colocar a la parte actora en una situación más ventajosa de la que tenía con anterioridad a su retiro.

  2. Que dicha resolución fue resistida por OSCOMM, con su recurso de fs. 310/11vta., cuyo traslado contestó la actora a fs. 313/24vta.

    Fecha de firma: 31/10/2019 Alta en sistema: 06/11/2019 Firmado por: RICARDO

  3. GUARINONI - EDUARDO DANIEL GOTTARDI, #31016126#248306278#20191030094708480 M. además sendas apelaciones, a fs. 305/06 y fs. 307/09, contra los honorarios del letrado de la actora, por altos y por bajos.

    Se agravia a la obra social porque se la condenó juntamente con OSDE, a mantener la afiliación de la actora y de su cónyuge en el PLAN 310, cuando solo está obligada a otorgar las prestaciones del PMO. Lo que implica que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR