Lucatto

Juez Tercer Juzgado de Procesos Concursales, a cargo del Dr. Pablo González Masanés Juez, Secretaria Dra. Paula Lucero, sito en Pedro Molina Nº 517, Ciudad, Mendoza, (C.P.5.500) hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 61 y vta. se dispuso dejar sin efecto el cronograma fijado en la sentencia de quiebra, fs. 23/27 vta. disp. V., VI. y VII de los autos N° 1.017.488 caratulados "LUCATTO MATIAS MARCOS p/QUIEBRA DEUDOR" y se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: A fs. 23/27: "Mendoza 20 de Octubre de 2015: I. Declarar la quiebra de Lucatto Matias Marcos; DNI. N° 34.355.712; CUIL N° 20-34355712-5, la que tramitará conforme a las normas para las pequeñas quiebras (art. 288 y 289 LCQ). Notifíquese por cédula y en papel simple a la Administración Tributaria de Mendoza (art. 26 Cód.Fiscal). ... Cópiese. Regístrese. Notifíquese por lista (art. 26 y 273 ap. 5 LCQ). Fdo. Dr. Pablo González Masanés, Juez.". A fs. 61: "Mendoza, 15 de febrero de 2016: I... II. Fijar el día catorce de abril de 2.016 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art. 200 Ley 24.522); pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación concurrir al domicilio de Sindicatura hasta el día veintiocho de abril de 2.016, a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ.; habilitándose al efecto dos horas más del día hábil siguiente (art. 200 sexto párrafo Ley 24.522) y debiendo Sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 Ley 24.522 (art. 200 séptimo párrafo Ley 24.522). III. Fijar el día veintisiete de mayo de 2.016 como fecha hasta la cual deberá presentar Sindicatura el informe individual; dictándose sentencia de verificación de créditos el día diez de junio de 2.016, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (art. 274 LCQ.). IV. Fijar el día veintiséis de julio de 2.016 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día nueve de agosto de 2.016. V. Publíquese edictos por cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo dispuesto en el...

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