Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 10 de Septiembre de 2018, expediente CIV 037132/2011/CA001

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

L., C. s/ sucesión vacante c/ A., M.I. y otros; s/

Desalojo intrusos. Ordinario

. E.. n° 37.132/2011 Juzg.101

En Buenos Aires, a 10 días del mes de septiembre del año 2018, hallándose reunidos los señores Jueces integrantes de la Sala “H” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a los efectos de dictar sentencia en los autos: “L., C. s/

sucesión vacante c/ A., M.I. y otros; s/ Desalojo intrusos.

Ordinario” y habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo de estudio, la Dra. A. de B. dijo:

I-Vienen los autos a este Tribunal con motivo del recurso de apelación planteado por la parte actora contra la sentencia de grado que rechazó la demanda de desalojo por la causal de intrusión contra la demandada M.I.A. y subinquilinos y ocupantes del inmueble sito en la calle Uruguay 170 piso 3 dpto. E, de esta ciudad.

Expresó agravios a fs.1341, los que fueron replicados por los demandados a fs.1351.

Indica la curadora de la herencia vacante que la sentencia es arbitraria, que el Magistrado solo tuvo en cuenta las declaraciones testimoniales -ofrecidas por los demandados-, las que a su entender resultan inoficiosas para la prueba de una usucapión. Sostiene que existió violación del debido proceso, defensa en juicio y legalidad, y que la ocupación de los accionados sigue siendo ilegítima a pesar del transcurso del tiempo, tal como se desprende del mandamiento de posesión del sucesorio que data de octubre de 2010. También se queja de la imposición de costas a la actora perdidosa, y pide que se revoque el decisorio, con costas.

II- Considero que la pieza recursiva actora contiene fundamentos suficientes como para impedir que el recurso de apelación sea declarado desierto tal como pretenden los accionados (conf.art.265 y 266

CPCC), aun cuando carece de la solidez necesaria para revertir el fallo de grado.

En efecto, la curadora como representante legal de la sucesión vacante de L., intenta que se revoque la sentencia al considerar que la Fecha de firma: 10/09/2018

Alta en sistema: 17/09/2018

Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA

decisión fue arbitraria, en tanto que las declaraciones testimoniales no permiten probar “la usucapión” –entiendo que pretendió decir la posesión de los accionados-, para impedir el progreso de esta acción de desalojo.

Al respecto, debo señalar que coincido con los claros fundamentos del juez de grado, quien desmenuzó cada uno de los testimonios y tuvo especialmente en cuenta para decidir que los demandados realizaron actos posesorios –vgr. refacciones y mejoras en el inmueble-, los que dan...

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