Lorente Enrique Juan S/quiebra
Fecha de publicación | 13 Julio 2010 |
Fecha de disposición | 13 Julio 2010 |
Sección | Cuarta Sección - Judiciales |
Número de Gaceta | 31942 |
15, Secc. 81, Manz. 19, Parcela 8b, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Edificado en el lote de terreno que mide 7,40 metros de frente al NO lindando con la calle Nogoyá; igual medida en su contrafrente al SE lindando con la parcela nueve; 10,30 metros en su costado NE, lindando con la parcela ocho-a; y 10,36 metros en su costado al SO lindando con la parcela ocho-c.
Según informe realizado por el martillero obrante en autos el inmueble se encuentra ocupado por Alberto Néstor delisio en calidad de propietarios y lo habita junto a su Sra. esposa Alicia Bernarda Fernandez y consta de: entrada a un pasillo cubierto, recepción con piso de mosaico granítico, living con ventana a la calle y piso de pinotea, hall intimo, comedor con pisos de pinotea y ventana a la calle, baño instalado con bidet, inodoro y bañera en color rosa, cocina instalada con mesada y bacha de acero inoxidable con ventana a un amplio patio cubierto con toldo metálico rebatible, amplio dormitorio con piso de pinotea, escalera hacia la planta alta, toilette instalado, pequeña habitación, amplia terraza, otra habitación con placard y ventana al patio terraza y pequeño lavadero cubierto y parrilla. En regular estado de uso y conservación. Cuenta con corriente eléctrica, gas natural, línea: telefónica, agua corriente y cloaca. La venta se realiza al contado, en efectivo, al mejor postor, Ad Corpus, en el estado físico y jurídico en que se encuentra.
Base: $ 285.000. Seña: 30%. Comisión: 3%. IVA s/ comisión. Sellado 0,8%. Arancel Acord. 10/99 del 0,25% a calmo del comprador. Todo en efectivo y en el acto del remate. En el acto de suscribir el boleto de compraventa exigirá de quien o quienes resulten compradores las sumas por los conceptos de comisión y de seña, procediendo a depositar esta última en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Tribunales, a nombre de estos y a disposición del Tribunal. El o los compradores deberán constituir domicilio dentro del radio de la Capital Federal, bajo apercibimiento de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código Procesal. El adquirente no deberá hacerse cargo de las deudas por impuestos, tasas, contribuciones y servicios que registre el bien en caso de que no existiere remanente suficiente, salvo las deudas en concepto de expensas comunes. No procederá la compra en comisión.
Adeuda: a A.A.S.A: s/fs. 94 $ 0,00 al 13/7/09; a A.y.S.A s/fs. 91 $ 34,22 al 8/6/09; a O.S.N: s/fs.82 no registra deuda al 11/6/09; a G.C.B.A: s/fs. 78 $ 399,12 al 18/6/09.
Buenos Aires, 28 de junio de 2010.
Pilar Fernández Escarguel, secretaria (interina).
e. 12/07/2010 Nº 76177/10 v. 13/07/2010 JUZGADOS NACIONALES EN LO...
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