8491 - Gonzalez, Carolina Lorena C/ Gonzalez Emilia Virginia S/ Despido - Cita a Emilia Virginia Gonzalez

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Fecha de la disposición 4 de Junio de 2008

3º) COMPUTO DE LA PENA: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, respecto de ambas condenadas el día 25 de Junio de 2010, y diez días para el pago de la multa y costas del Juicio.4º) DISPONER la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.5º) ORDENAR que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 13 de Julio de 2007, a horas doce, en la sede de este Tribunal (Artículo 400 del C.P.P.N.).5º) MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- Carlos Rolando Massaccesi.-- Hugo Marcelo Savio. -- René Vicente Casas.Ante mí: Efraín Ase, secretario.San Salvador de Jujuy, 7 de mayo de 2008.e. 30/05/2008 Nº 579.169 v. 12/06/2008 El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY FALLA:I. CONDENAR a Robert SALAZAR LLANOS de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION y MULTA de pesos doscientos veinticinco ($ 225), con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, art.12 del código penal;por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, art. 5 inc. 'c', ley 23.737. Con costas. II. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 20 de enero de 2012; y diez días para el pago de multa y costas del juicio.III. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.IV. REMITIR al nombrado al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.V. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, remitiendo Nº 3.869.957 a nombre de Robert SALAZAR LLANOS, dejándose copia certificada en autos, y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones. -- MARTA LILIANA SNOPEK. -- RENE VICENTE CASAS. Ante mí: Efraín Ase, secretario.San Salvador de Jujuy, 19 de mayo de 2008.e. 30/05/2008 Nº 579.194 v. 12/06/2008 EL TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL de JUJUY,FALLA:I. RECHAZAR la nulidad articulada por la defensa técnica de Jose Martin Sebastian Barrientos.II. CONDENAR a Jose Martin Sebastian BARRIENTOS, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de prisión y MULTA de pesos doscientos veinticinco ($ 225), por encontrarlo autor responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto y penado por el art. 5º inc. 'c' de la ley 23.737, con mas la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el art. 12 del Código Penal. Con costas. Remitiendolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.III. FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 30 de noviembre de 2.009 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.IV. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con Intervención de la autoridad sanitaria federal.V. ESTABLECER que la lectura de los...

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