Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 10 de Junio de 2022, expediente FPA 005534/2016/CA001

Fecha de Resolución10 de Junio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 5534/2016/CA1

En la ciudad de Paraná, capital de la provincia de Entre Ríos, a los diez días del mes de junio del año dos mil veintidós, constituido el Tribunal por la Sra. Presidente,

Dra. B.E.A. y Sres. Jueces de Cámara, Dr.

M.J.B. y Dra. C.G.G.; a fin de tratar el expediente caratulado: “LOPEZ, O.R. Y OTRO

CONTRA ESTADO NACIONAL- PODER EJECUTIVO NACIONAL- DIRECCION

NACIONAL DE GENDARMERIA SOBRE DIFERENCIAS SALARIALES”,

Expte. Nº FPA 5534/2016/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná, en virtud del recurso de apelación deducido contra la resolución de primera instancia, se someten a estudio las siguientes cuestiones:

PRIMERA CUESTIÓN: ¿Es justa la sentencia apelada?

SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?

A LA PRIMERA DE LAS CUESTIONES PLANTEADAS, LA SRA.

JUEZA DE CÁMARA, DRA. C.G.G., DIJO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la parte actora a fs. 38, contra la sentencia de fs. 35/37,

que, en lo que aquí interesa, rechazó la demanda interpuesta por los actores, impuso las costas en el orden causado, difirió la regulación de honorarios y tuvo presente las reservas del caso federal efectuadas.

El recurso se concede a fs. 39, expresa agravios la parte actora en fecha 02/02/2022 y pasan los autos para resolver el 18/03/2022.

Fecha de firma: 10/06/2022

Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA

Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA

II- Que la parte actora apelante relata los antecedentes del caso y afirma que la sentencia no se ajusta a derecho y que efectúa una errónea interpretación normativa. Alega que el decreto 1897/85 y la Resolución 500

del Ministerio de Defensa no fueron publicados en el Boletín Oficial.

Cita la causa “M., M.H. y argumenta que recién tomó conocimiento de la normativa en cuestión cuando presentó la acción y que, por ello, no puede existir plazo de caducidad ni de prescripción cumplido. Expresa que el Estado nunca acreditó pago alguno a los actores y hace reserva del caso federal.

III- Que la parte actora, Sres. O.R.L. (personal retirado) y E.A.B. (personal en actividad de Gendarmería Nacional), ocurrió a la jurisdicción y promovió demanda contra el Estado Nacional Argentino- Poder Ejecutivo Nacional- Ministerio de Seguridad- Dirección Nacional de Gendarmería y/o quien resulte jurídicamente responsable por cobro de pesos,

reajuste y/o regularización de haberes originados en la errónea liquidación del suplemento previsto en el decreto 1897/85 y en la Resolución 500 del Ministerio de Defensa,

solicitando su incorporación a sus haberes con carácter salarial, remunerativo y bonificable.

El Juez de grado rechazó la demanda promovida y contra dicha decisión se alza la parte apelante.

IV-

  1. Que, al analizar el recurso, cabe señalar...

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