Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 25 de Octubre de 2018, expediente CAF 015983/2017/CA002 - CA001

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 15983/2017 L.L., LUISA c/ EN-M INTERIOR OP Y V-

DNM s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 11 Buenos Aires, de de 2018.- ZMF Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la entonces jueza a cargo del juzgado n° 11 rechazó el recurso interpuesto por la señora L.L.L. —de nacionalidad paraguaya— contra la disposición SDX n° 18075/2017 mediante la cual la Dirección Nacional Migraciones (en adelante DNM) desestimó la denuncia de ilegitimidad deducida contra la disposición SDX n° 20920/2014, por la cual: (i) se tuvo por aceptada su renuncia a la residencia permanente; (ii) se declaró irregular su permanencia en el país; (iii) se ordenó su expulsión del territorio nacional; y (iv) se prohibió su reingreso a la República Argentina con carácter permanente (fs. 164/170).

  2. Que para decidir de ese modo, la jueza puso de resalto que:

    (a) la actora fue condenada a la pena de cinco años y seis meses de prisión en calidad de: (i) co-autora penalmente responsable del delito previsto en el art. 17 en función del art. 15 de la ley 12.331 —administrar y regentear casas de tolerancia donde se ejerce la prostitución—; y (ii)

    cómplice no necesaria en orden a los delitos previstos en los artículos 125bis y 145 ter del Código Penal —captación con fines de explotación y facilitación de prostitución de una tercera persona—; (b) en el marco del control de legalidad que debe efectuar el Poder Judicial, no se advierte la vulneración de derechos a la actora en tanto “fue notificada del acto de expulsión, pudo interponer recurso jerárquico contra la medida (…) y finalmente, contó con la posibilidad de interponer la presente acción judicial con asistencia letrada en tiempo y forma”.

  3. Que la Defensora Pública Coadyuvante integrante de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, en representación de la actora, apeló (fs. 172/175).

    Sostuvo que:

    Fecha de firma: 25/10/2018 Alta en sistema: 26/10/2018 1 Firmado por: DRA. C.M.D.P. - DR. RODOLFO E. FACIO - LICENCIA DRA. HEILAND-, JUECES DE CAMARA #29602245#216988361#20181025111609979 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 15983/2017 L.L., LUISA c/ EN-M INTERIOR OP Y V-

    DNM s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 11 (a) la jueza no fundó el rechazo de la reunificación familiar planteada con motivo de tener una hija de nacionalidad argentina menor de edad; (b) no se efectuó “el test de razonabilidad exigido para que una medida restrictiva de derechos constitucionales, como lo es la expulsión del país, sea justa, razonable, y en consecuencia, constitucional”; (c) no se tuvieron en cuenta las siguientes circunstancias: (i) los vínculos familiares que forjó la recurrente; (ii) el alcance de las penurias que su deportación constituiría para su familia; (iii) su conducta posterior a la actividad delincuencial; y (iv) el grado de solidez de los vínculos sociales, culturales y familiares que ha desarrollado en el país.

    La Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien intervino en representación de la menor de edad A.M.N.L. (fs. 106/113 y 120), notificada de la sentencia, no apeló.

  4. Que el examen de los agravios requiere, previamente, realizar una reseña de los antecedentes más relevantes del caso, obrantes en el expediente administrativo n° 61226/2005:

    (i) el 29 de diciembre de 2005 el Jefe de la...

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