Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala M, 6 de Febrero de 2015, expediente CIV 003411/2003/CA002

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2015
EmisorSala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 3411/2003 LOPEZ FABIO MARCELO Y OTROS c/ MICROOMNIBUS QUILMES S.A.C.I.F. LINEA 159 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, febrero 06 de 2015.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. A los efectos de conocer en las apelaciones de fs. 487, 492, 499, 505 y 510 deducidas por considerar altos y bajos respectivamente los honorarios profesionales regulados en las resoluciones de fs. 486, 490 y 495, se tendrá en cuenta a la naturaleza del asunto, mérito, calidad, eficacia y extensión de la labor desarrollada, etapas cumplidas, monto comprometido conforme surge de la liquidación obrante a fs. 469, aprobada a fs. 480/1 y pautas legales de los arts. 6, 7, 9, 19, 33, 37, 38 de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.432.-

    En consecuencia, por ser equitativos los regulados a favor del Dr. F.A.H. por su intervención como letrado apoderado de la actora se los confirma; por no resultar elevados los fijados a la Dra. G.S.F., por su labor de fs. 147, se los confirma y por ser reducidos los del Dr. D.P.T., en el mismo carácter por su labor en la audiencia de fs. 190 se los eleva a la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200).

  2. Asimismo, en cuanto a los peritos intervinientes, se ponderará la naturaleza de las peritaciones realizadas, calidad, importancia, complejidad, extensión y mérito técnico-científico de las mismas, monto económico comprometido, proporcionalidad que deben guardar estos emolumentos en relación a los de los letrados actuantes en el juicio (conf. CSJN, Fallos, 239:123, 243:96 entre otros y art. 478 del CPCCN).-

    Fecha de firma: 06/02/2015 Firmado por: M.A. DE LOS SANTOS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.D.D.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA Por lo expuesto, por resultar equitativos los fijados al perito psicólogo, C.R.O. y no resultar elevados los de la contadora N.S.F. y médico, Martín W.

    Segovia, por sus labores periciales realizadas en autos, se los confirma a todos ellos.

  3. Ponderando las constancias de autos, naturaleza del asunto, monto comprometido y pautas legales del art.1, inciso f) del Anexo III del Decreto Reglamentario 1467/2011, por no...

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