Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 30 de Junio de 2017, expediente CIV 030503/2007

Fecha de Resolución30 de Junio de 2017
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 30503/2007 LOPEZ ELSA c/ M.J.C. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de junio de 2017.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Al efecto de conocer en las apelaciones de fs. 494, 516 y 520 deducidas respectivamente por considerar altos y bajos los honorarios regulados a fs. 470/80, se valorarán las peritaciones realizadas, la calidad y extensión de las mismas, existencia o no de un mérito científico puesto al servicio del trabajo efectuado, monto comprometido resultante del acuerdo obrante a fs. 408/vta. que fuera homologado a fs. 410, art. 478 del Código Procesal en su redacción actual y doctrina sentada por la C.S.J.N., el 27/10/92, en autos “De Souza, D. y otros c/ Empresas de Obras Sanitarias de la Nación”, E.D. 151-331, cit. en J.A. nov. 16 de 1994, nº 5907, pág. 48.

En consecuencia, por resultar elevados los estipendios fijados a favor del perito médico, Dr. R.A.H., por su informe de fs. 358/61, se los reduce a la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000). Asimismo, por resultar altos los fijados a la perito psicóloga, L.. M.L.I., por su dictamen de fs. 311/324 y su contestación de impugnaciones de fs. 352/4, se los reduce a la suma de PESOS SETENTA Y DOS MIL ($72.000).

Ponderando las constancias de autos, naturaleza del...

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