Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 30 de Septiembre de 2019, expediente CFP 015384/2017/3/CA002

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 15384/2017/3/CA2 CCCF –Sala I-

CPF N° 15384/2017/3/CA2 “., C.M. s/ recusación”

Juzgado N° 11, Secretaría N° 21 Buenos Aires, 30 de septiembre de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las actuaciones a mi conocimiento en virtud del planteo efectuado por el Dr. F.L. –defensor de C.M.L.- a fs. 21/8, mediante el cual se recusa al Magistrado del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11, Dr. C.B., para intervenir en estas actuaciones. Dicho pedido fue motivado ante el Tribunal en la audiencia oral celebrada el 26 de septiembre pasado.

  2. La defensa se centró en el temor de parcialidad del Juez y la violación de la garantía de defensa en juicio para justificar la petición de recusación y aclaró que la entiende como el único remedio válido para garantizar el debido proceso y la igualdad ante la ley.

    Para probar sus dichos invocó antecedentes –a los que calificó de objetivos- pertenecientes a otras actuaciones que tienen a L. como imputado en aquél juzgado. En ese sentido detalló el trámite impreso al legajo nro. 13816/2018/210, donde entendió vulnerado el derecho a la salud de su asistido cuando el a Fecha de firma: 30/09/2019 Alta en sistema: 01/10/2019 Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: MARÍA P.V.G., SECRETARIA #34085958#245708478#20190930103132602 quo resolvió que la cuestión relativa al traslado de L. para efectuarse exámenes médicos en el sanatorio M.D. había devenido abstracta en atención a la superposición de la fecha del turno con una respuesta demorada del HPC I.

    Afirmó que son diversas las actitudes del Juzgado que dificultan su labor e impiden ejercer debidamente el derecho de defensa como ser que no se cargan las decisiones adoptadas en el sistema de gestión judicial Lex100 y que al momento de resolver dos pedidos de excarcelación fue notificado de la decisión mediante cédula en formato papel, lo que le impidió conocer de inmediato las soluciones arribadas.

    Asimismo invocó la violación al derecho de defensa en cuanto se notificó a su asistido, con un solo día de anticipación, que debía prestar declaración indagatoria en la causa N° 520/19, impidiéndole la posibilidad de designar a otro defensor especializado en el tema.

    Concluyó que todo ello implica una pérdida de parcialidad del juez, lo que conduce a dificultar su labor como letrado y afecta los derechos de su asistido.

  3. Al momento de resolver, el Juez de grado...

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