Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 19 de Febrero de 2018, expediente CSS 083077/2017/CA001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2018
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NRO: 83077/2017 AUTOS: “LOPEZ, C.A. c/ PREVENCION ART. S.A. Y OTRO s/LEY 24557”

Buenos Aires, EL DOCTOR M.L. DIJO:

En las presentes actuaciones, la parte actora apela el dictamen elaborado por la Comisión Médica Central, obrante a fs.115/117, donde se determina que el actor presenta una incapacidad laboral, permanente, parcial y definitiva del 14,20% de la T.O. y que la naturaleza de la contingencia se corresponde con un Accidente de Trabajo.

La Ley 27.348, publicada en el Boletín Oficial el 24/02/17, modifica el art. 46 de la ley 24.557, desplazando la competencia acordada por esta normativa a nuestro fuero hacia los tribunales de alzada con competencia laboral o, de no existir estos, ante los Tribunales de instancia única de igual competencia correspondientes a la jurisdicción del domicilio de la comisión médica que intervino.

Aún cuando este desplazamiento de competencia es de aplicación inmediata, puesto que las normas de procedimiento y jurisdicción son de orden público, ello no implica que la nueva ley pueda aplicarse retroactivamente, pues ello lesionaría los derechos de los litigantes que, al apelar, siguieron la normativa procesal fijada en la ley anterior.

Por ello, habida cuenta que, en el caso que nos ocupa, la apelación judicial contra lo resuelto en sede administrativa fue presentada con posterioridad a la vigencia de la USO OFICIAL Ley 27.348, y habiendo dictaminado el Ministerio Público, en casos análogos (vbgr., entre otros, de F.G 1 dictámenes nros. 38894 del 6.6.17 y 39068 del 14.7.17, autos 4295/17 “D.L.F. c/

Prevención ART SA y otro s/ ley 24557” y 5936/17 “G.R. delV. c/ Provincia ART y otro s/

ley 24557”, respectivamente; y dictamen de F.G. 2 nro. 37683 del 6.7.17, in re 4299/17 “G.R.G. c/Prevención ART y otro s/ ley 24557”); correspondería, de prosperar mi voto, declarar la incompetencia de esta...

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