Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 30 de Mayo de 2019, expediente FRO 011419/2013/CA001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 30 de mayo de 2019.-

Visto, en Acuerdo de la S. “A”, el expediente N° FRO 11419/2013, caratulado: “L., C. y otro c/ Agua y Energía s/ reclamos varios” (originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Rosario) del que resulta que:

El Dr. F.L.B. dijo:

  1. - Vinieron los autos a conocimiento del Tribunal a fin de resolver los recursos de apelación deducidos por la representación de la actora y demandada (fs.

    117/119 y 121/126), contra la resolución de fecha 16 de febrero de 2018, que hizo lugar parcialmente a la excepción de prescripción interpuesta por la accionada, como así

    también a la acción promovida por C.L., F.A.M., N.M.M. y D.M.C., condenando al Estado Nacional, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a pagar los montos que surjan con más los intereses, de la planilla que al efecto practicará el perito contador a designar en autos, distribuyendo las costas en un 20% a la parte actora y un 80%

    a la demandada (fs. 111/116vta.).

    Concedidos ambos recursos a fojas 120 y 127, se elevaron los presentes a esta S. “A” (fs. 132)

    ordenándose el pase de los autos al Acuerdo, por lo que quedaron a estudio (fs. 134).

  2. - Agravió a la actora recurrente que el a quo, para determinar el monto de la condena por el rubro energía eléctrica, se haya remitido a los consumos de los años 1994 y 1995, lo que resulta –dijo- anacrónico, antojadizo y contrario a la normativa aplicable, la que en ningún momento refiere a determinados períodos, pues la rebaja del servicio se realiza mes a mes y ésta varía en Fecha de firma: 30/05/2019 Alta en sistema: 03/06/2019 función al consumo Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA “efectivamente realizado” por el jubilado Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA #8776423#235675237#20190530093657049 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A o pensionado de Agua y Energía.

    Destacó que tratándose de una demanda del año 2014 y teniendo en cuenta la cantidad de aumentos sucesivos que ha sufrido dicho servicio desde el año 1994-

    1995 a la fecha, el resultado al que se arribe según las directivas de la sentencia (Considerando 5º)

    indefectiblemente desembocará en una solución injusta, violando el principio de propiedad.

    Asimismo se quejó de que se la haya condenado a pagar el 20% de las costas, cuando la demanda fue admitida en un 100%, con la única salvedad de los períodos prescriptos y que exceden de los cinco años de interpuesta la demanda. Sostuvo que la excepción planteada por la contraria, más allá de haber sido defectuosa por no precisar contra cuáles períodos se oponía, fue receptada parcialmente habiéndose su parte allanado a ésta en tiempo y forma, por lo que las costas de tal incidente “fueron impuestas en el orden causado”.

    Mencionó que surge de la contestación de demanda que la contraria negó rotundamente el reclamo de los actores como viene aconteciendo desde el año 1993, por lo que la obligó a reclamar judicialmente, lo que conlleva un desgaste jurisdiccional completamente innecesario dados los antecedentes del caso (fallos que le son absolutamente adversos).

    Destacó que el monto por el cual se acogió la demanda es notoriamente superior a la parte en que fue desestimada, habiéndose precisado los períodos reclamados previo a la presentación de los alegatos, considerando así

    que se omitió valorar la trascendencia jurídica de los planteos acogidos, ya que no se trata de una cuestión matemática.

    Fecha de firma: 30/05/2019 Alta en sistema: 03/06/2019 Formuló reserva del caso federal.

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA #8776423#235675237#20190530093657049 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A 3.- Por su parte la accionada se agravió de que el a quo haya dejado de lado el sistema normativo dictado con el fin de reestructurar el Estado a raíz de la Emergencia Económica (leyes 23.696, 23.697, 24.065 y decretos reglamentarios), concluyendo que no implicaron una derogación tácita del artículo 78 del Convenio Colectivo de...

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