LOPEZ, CARLOS HUGO c/ ESTADO NACIONAL-ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Fecha | 18 Octubre 2023 |
Número de registro | 7840 |
Número de expediente | FCB 007477/2020/CA001 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B
AUTOS: “LOPEZ, C.H. c/ ESTADO NACIONAL –
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/
ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA DE
INCONSTITUCIONALIDAD”
En la Ciudad de Córdoba a 18 días del mes de octubre del año dos mil veintitrés, reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:
LOPEZ, C.H. c/ ESTADO NACIONAL – ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ ACCIÓN MERAMENTE
DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
(Expte. N° FCB
7477/2020/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud d el recurso de apelación interpuesto por la representación jurídica de la parte actora,
en contra de la Resolución dictada con fecha 09 de febrero de 2023 por el entonces señor Juez Federal Subrogante N° 1 de Córdoba, que en lo que aquí respecta, impuso las costas del proceso en el orden causado.
Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: A.G.S.
TORRES – L.N..
El señor Juez de Cámara, doctor A.G.S.T., dijo:
I. Llegan los autos a estudio del Tribunal para resolver el recurso de apelación interpuesto por la representación jurídica de la parte actora, en contra de la Resolución dictada con fecha 09 de febrero de 2023 por el entonces señor Juez Federal Subrogante N° 1 de Córdoba, que en lo que aquí respecta, impuso las costas del proceso en el orden causado.
II. Se agravia la parte actora de la imposición de costas, sosteniendo que se viola el principio objetivo de la derrota. Cita el art. 68 del código procesal, doctrina y jurisprudencia.
Fecha de firma: 18/10/2023
Alta en sistema: 20/10/2023
Firmado por: A.G.S. TORRES, PRESIDENTE DE SALA
Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CÁMARA
Firmado por: L.N., JUEZA DE CAMARA
34916074#383810480#20231018095458924
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B
AUTOS: “LOPEZ, C.H. c/ ESTADO NACIONAL –
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/
ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA DE
INCONSTITUCIONALIDAD
Corrido el traslado de ley, la accionada AFIP-
DGI no contestó agravios.
-
Ingresando al estudio de la cuestión , debo referir primeramente que en materia de costas el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece en el artículo 68, como principio general,
que las costas del juicio deben ser soportadas por la parte vencida (1era.
parte), aunque tal principio no es absoluto en tanto la norma ritual también autoriza a que, en determinadas situaciones, el juez pueda eximir total o parcialmente al perdedor de la condena en costas, siempre que encuentre mérito para ello y lo funde en su sentencia (2da. parte).
Ahora bien, en el caso bajo análisis, el actor,
señor C.H.L. , otorgando poder a su letrado –F.E.J.- inició la acción con fecha 04/08/2020 (acompaña documental 28/8/2020) en contra de la Administración Federal de Ingresos Públicos,
con el objeto de obtener la declaración de inconstitucionalidad de los arts.
23, inc. “C”; 79, inc. “C”; 81 y 90 de la ley 20.628, texto según leyes 27.346 y 27.430, y se ordene a la demandada a abstenerse de efectuar descuentos en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes previsionales; y la restitución de los importes retenidos desde computándose el plazo de prescripción, y se devuelvan los montos retenidos con más intereses y costas.
Estas pretensiones fueron acogidas mediante la Resolución dictada por el Juzgado Federal N° 1, de manera tal que puede concluirse que el accionante resultó vencedor del litigio en los términos del Fecha de firma: 18/10/2023
Alta en sistema: 20/10/2023
Firmado por: A.G.S. TORRES, PRESIDENTE DE SALA
Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CÁMARA
Firmado por: L.N., JUEZA DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B
AUTOS: “LOPEZ, C.H. c/ ESTADO NACIONAL –
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/
ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA DE
INCONSTITUCIONALIDAD”
citado artículo 68 del CPCCN. Máxime cuando la contraria controvirtió y se opuso a la pretensión del actor a sabiendas de que sobre la materia de discusión la CSJN ya había sentado criterio favorable al reclamante en el fallo “GARCÍA”.
Por consiguiente, no encuentro razones válidas para apartarme del principio objetivo de la derrota (art. 68, primera parte, C.P.C.C.N.), pues considero que la responsabilidad que recae sobre la parte vencida encuentra justificación en la circunstancia de haber gestionado un proceso sin éxito, y por lo tanto, corresponde que las costas de primera...
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