Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 28 de Septiembre de 2017, expediente CAF 062690/2015/CA001
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V CAF 62690/2015/CA1 “LOGINTEC SRL c/ EN - M ECONOMIA Y FP s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO”
Buenos Aires, de septiembre de 2017.-
VISTO
Y CONSIDERANDO:
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Que a fojas 260, la jueza de la anterior instancia resolvió declarar abstracta la cuestión planteada en autos debido a que resultaba inoficioso proseguir con su trámite. En cuanto a las costas, las impuso por su orden, con fundamento en el artículo 73 del CPCCN.
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Que a fojas 264, disconforme con dicha decisión, la parte actora interpuso recurso de apelación -el cual no fue replicado por su contraria-, y expresó agravios a fojas 266/268.
En cuanto interesa, dicha parte se agravió por considerar que las costas debieron imponerse a la demandada, ya que ha sido ésta quien obligó a litigar a su parte.
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Que así lo expuesto y, sin perjuicio del fundamento utilizado en la sentencia de grado en cuanto a la aplicación del artículo 73 del CPCCN, cabe recordar que el artículo 68 de dicha normativa dispone que: “La parte vencida en el juicio deberá pagar todos los gastos de la contraria, aun cuando ésta no lo hubiese solicitado. Sin embargo, el juez podrá eximir total o parcialmente de esta responsabilidad al litigante vencido, siempre que encontrare mérito para ello, expresándolo en su pronunciamiento, bajo pena de nulidad”.
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Que en el caso, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por medio de la Resolución General N°
3823/2015 dejó sin efecto las Resoluciones Generales N° 3252/2012, N°
3255 y N° 3256/2012.
De este modo, dicha normativa estableció que aquellas actuaciones administrativas en las que -al momento de la entrada en Fecha de firma: 28/09/2017 Alta en sistema: 29/09/2017 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #27661636#189549220#20170927105957116 vigencia de esa resolución- tramitaran solicitudes vinculadas con la aplicación de las reglamentaciones derogadas por la Resolución Nº
3823/15...
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