Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 10 de Mayo de 2018, expediente CIV 073502/2010/CA001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H “Lobruno, A.A. c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ Daños y perjuicios”.- Expte. n° 73.502/2010.- J.. n° 39.-

En Buenos Aires, a los 10 días del mes de mayo de 2018, hallándose reunidos los señores Jueces integrantes de la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a los efectos de dictar sentencia en los autos: “Lobruno, A.A. c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ Daños y perjuicios”, y habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo de estudio, el Dr. K. dijo:

Contra la sentencia dictada en primera instancia (fs. 540/546), que rechazó la demanda de daños y perjuicios interpuesta por A.A.L. respecto del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Galería Juramento Sociedad Anónima, Inmobiliaria, Financiera, Industrial y Comercial y B.B.S.A., interpone recurso de apelación la parte actora, quien, por las razones expuestas en su presentación de fs.

565/569, intenta obtener la modificación de lo decidido. A fs. 571/575 (G.C.B.A.) y 576/577 (Big Bel S.A.) fueron contestados dichos argumentos, encontrándose los autos en condiciones de dictar un pronunciamiento definitivo.

Se agravia la reclamante de que se haya rechazado la demanda. Justamente, afirma que la jueza de grado incurre en un error al sostener que no quedó acreditado un hecho que fue efectivamente reconocido por las partes. Además, dice que no pueden quedar dudas en torno a que la tapa metálica que estaba en la vereda se encontraba en mal estado e insiste en que no existe ninguna contradicción entre lo narrado por un testigo y lo sostenido en el escrito de demanda.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires entiende que tiene que declararse desierto el recurso de la contraria. Sin embargo, entiendo que no le asiste razón en este punto. La expresión de agravios contiene fundamentos suficientes y constituye una crítica a la sentencia apelada con una entidad que justifica ser estudiada en esta instancia.

Lógicamente, comenzaré por el examen de los agravios vertidos en torno a la responsabilidad. Así, estimo conveniente hacer una breve síntesis del expediente bajo estudio.

Fecha de firma: 10/05/2018 Alta en sistema: 14/05/2018 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #12631994#205874933#20180510105404950 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H A.A.L. sostiene que el 6 de septiembre del 2008, aproximadamente a las 16,30 hs., y luego de haber cruzado la Avenida Cabildo a la altura de la calle J., tropezó con una tapa de hierro que decía “G.C.B.A.-SL”, se cayó y resultó lesionado. Dicha tapa se encontraba sobre la vereda cuyos frentistas se trataban de Galería Juramento Sociedad Anónima, Inmobiliaria, Financiera, Industrial y Comercial y B.B.S.A., firma que explotaba el...

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