Licitación Pública / Rectificación N° 1444/DGCYC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Preadjudicación - Licitación Pública N.° 623-1444-LPU18.
E.E. N.° 26.211.573-MGEYA-DGCYC/2018.
Objeto de la Contratación: Convenio Marco - Contratación del Servicio de alquiler de
elementos destinados al interés público, recreativo y cultural para uso de las
reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Observaciones: Se reúne la Comisión de Evaluación de Ofertas de la Licitación de
referencia, designada a tal fin mediante Disposición Nº 186/DGCYC/19, a fin de
proceder con la evaluación de las presentaciones efectuadas por las empresas: DIXI
EVENTOS S.R.L., TOTAL PRODUCCIONES SA, ADV COMUNICACION SRL,
TOUGH MATCH S.R.L., R2 SA, EVENT ASSISTANCE S.R.L., DELL ACQUILA
COLOMBRES S.R.L., JR COMUNICACIONES SRL, Lavecchia Sonido SRL, PRADO
DEL GANSO SA, BASE TRES S.R.L., Eventos con Exito SA., carpas argentinas srl,
GRUPO ARGENSAN S.R.L., LEONARDO VARONE, ARTHUR NEWTON
COMMUNICATION SRL, CINVA SRL, ARTFUL S.A., MARKETING DIMENSION S.A.,
UNLOCK ENTERTAINMENT S.R.L., La Bisagra Producciones SRL, MEDIOS DE
INTERIOR S.A., SERVICIOS DE PRODUCCIONES ARTISTICAS SRL, SYE
Producciones S.A., POLYGRAPH S.A., MCM SECURITY SRL, L.C.N PRODUCTIONS
S.A., JUAN CARLOS SAVINO, PONTE TU CALZADO SRL, ARQSF S.A., NERVY
S.A., JAL ENTERTAINMENT S.R.L., AXCESS GROUP S.A., AUDIOVISUAL
SYSTEMS SA, CHK SERVICIOS AUDIOVISUALES S.R.L., Dynamo Group SRL,
BLKLEDS SA, MUTIS BUENAS EXPERIENCIAS SA, SHOW SERVICE S.A., Agustin
Girado, BDA PRODUCCIONES S.R.L, COMUNICACIONES 360 S.A.,
OMNIGRAPHICS COMMERCIAL ARGENTINA S.A., Forevents SRL, KVA RENTAL
S.R.L., PALITOS CHINOS SRL, adrian marcelo fabbri (ex adrian fabbri), Masiva
Productos Comunicables SRL, MLB PRODUCCIONES S.R.L., Grupo PMG S.A., pablo
carlos belluscio, Ramma Producciones SRL, JOHN EDWARD MOSLEY, GUSTAVO
ALEJANDRO FILELLA, GRUPO ALEXIS S.R.L y Gabriela noelia Camiña.
Mediante el Dictamen de Preadjudicación de Ofertas publicado en el Boletín Oficial
Nro. 5731 del día 30 de octubre 2.019, se aconsejó la adjudicación del servicio que
nos ocupa.
Tras haberse detectado un error material involuntario en la confección del mencionado
dictamen, se dio lugar a la realización de una revisión integral de la documentación
técnica de las ofertas iniciales y complementarias.
Asimismo, se pone de manifiesto que se han vuelto a verificar todos los estados
registrales de los oferentes al momento de la confección del presente dictamen,
procediendo a preadjudicar a las firmas que acreditaran condición de “Inscriptos” en el
Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, toda vez que también
hubieran cumplimentado con los demás requisitos mínimos de participación.
Es por estos motivos citados, que esta Comisión Evaluadora considera pertinente
rectificar el Dictamen de Preadjudicación, ratificando el resto de los términos del
mismo, aconsejando:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5741 - 13/11/2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
No se considera:
DIXI EVENTOS S.R.L. (OF. 1): Renglones Nro. 24, 35 al 40, por no ajustarse a los
requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas y su Anexo; Renglones Nro.
12, 13, 23, 55, 102, 108, 294, 302, 304, 305, 307, 308, 311, 316, 358, 360, 361, 417 y
422, por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Renglones Nro. 14, 28, 33, 51, 64, 65, 91 al 94,
97 al 101, 132, 137, 141, 168 al 172, 175, 176, 190, 205, 222, 223, 228 al 231, 235,
257, 265, 266, 280, 281, 324, 354, 362 al 365, 374, 375, 388 al 390, 455 al 457 y 490,
por tratarse de un precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos
que surgen de los valores del mercado actual y Renglones Nro. 34, 52, 56, 103, 109,
138, 232 y 236, por haberse desestimado los renglones principales sujetos a estas
ampliaciones.
TOTAL PRODUCCIONES SA (OF. 2): Renglones Nro. 12, 13, 139, 197, 221, 226,
227, 309 al 311, 335, 464 al 466, por considerar el precio cotizado no conveniente a
los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Renglones Nro. 5,
14, 21, 28, 31, 33, 35, 41, 43, 45, 91, 94, 99, 101, 110, 112, 114, 116, 118, 124, 126,
128, 145 al 148, 158 al 161, 166, 167, 320 al 323, 357, por tratarse de un precio
excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surgen de los valores
del mercado actual, y Renglones Nro. 6, 32, 34, 36, 42, 44, 46, 111, 113, 115, 117,
119, 125, 127, 129, 140 y 336, por haberse desestimado los renglones principales
sujetos a estas ampliaciones.
ADV COMUNICACION SRL (OF. 3): Renglones Nro. 2, 42, 44, 46, 48, 50, 115, 117,
119, 121, 123, 125, 127, 129 y 131, por no cotizar de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 30, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Renglones Nro. 7, 11 al
14, 37, 97, 132 al 135, 190 al 194, 197, 199 al 202, 207, 209, 217 y 219, por
considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires; Renglones Nro. 16, 17, 21, 110, 116, 118, 169 al 173,
208, 211, 325, 455 al 457 y 460 al 463, por tratarse de un precio excesivamente bajo
de acuerdo con los criterios objetivos que surgen de los valores del mercado actual, y
Renglones Nro. 8, 111 y 136, por haberse desestimado los renglones principales
sujetos a estas ampliaciones.
TOUGH MATCH S.R.L. (OF. 4): Renglones Nro. 12, 13, 23, 102, 185, 186, 197 al 199,
204, 207, 209, 210, 227, 241, 263, 264, 271, 276, 289 al 292, 311, 320 y 323, por
considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires; Renglones Nro. 17, 33, 124, 128, 141, 192, 203, 215, 249
al 251, 255 al 258, 294 al 296, 317 y 319, por tratarse de un precio excesivamente
bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surgen de los valores del mercado
actual, y Renglones Nro. 34, 103, 125,129 y 242, por haberse desestimado los
renglones principales sujetos a estas ampliaciones.
R2 SA (OF. 5): Renglón Nro. 323, por no ajustarse a los requerimientos del Pliego de
Especificaciones Técnicas y su Anexo; Renglones Nro. 11 al 13, 134, 197, 226, 227,
308 al 311 y 464 al 466 por considerar el precio cotizado no conveniente a los
intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Renglones Nro. 21,

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