Licitación Pública - Preadjudicación N° 82-IVC/17

EmisorInstituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición19 de Diciembre de 2017

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Preadjudicación - Licitación Pública Nº 82/17

Exp-2017-16043476-MGEYA-IVC

Acta de Preadjudicación N° 78/17

Motivo: S/Licitación Pública Nº 82/17 - Adquisición de máquinas y herramientas. De acuerdo a lo dispuesto por el Art. 8 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4091-IVC y el Art. 2 del Acta de Directorio Nº ACDIR-2017-4162-IVC, se reúnen los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas, Lic. María Migliore, Arq. Pedro Poklepovich Caride, Dra. Sandra Noemí Villar, Cdra. Verónica Paula Abad y Arq. Dolores Zulueta, con el objeto de evaluar la documentación de las Ofertas presentadas a la Licitación del Motivo, cuyo presupuesto estimado por la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios en IF-2017-16046191-IVC (Orden 7), y rectificado conforme surge del IF-2017-21000816-IVC (Orden 20), asciende a la suma de Pesos Un Millón Veintiséis Mil Ciento Cincuenta con 00/100 ($ 1.026.150,00.-) habiendo, la Gerencia Operativa Económica Financiera, afectado el presente gasto conforme Formulario de Solicitud de Gastos Nº 29383/2017 (IF-2017-21156110-IVC / Orden 23).

Conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas Nº 129/17 (IF-2017-25482595-IVC) de la presente Licitación obrante en el Orden 59, con fecha 01 de Noviembre de 2017, se recibieron las ofertas que a continuación se detallan: Oferta Nº 1 - LICICOM S.R.L. (RE-2017-25532509-IVC, Orden 60); Oferta Nº 2 - LA GRUTTA, ENRIQUE JORGE (RE-2017-25539251-IVC, Orden 61); Oferta Nº 3 - VIVERO CUCULO S.R.L. (RE-2017-25538924-IVC, Orden 62); Oferta Nº 4 - DAWIDOWSKI, EZEQUIEL MARTÍN (RE-2017-25538480-IVC, Orden 63); Oferta Nº 5 - TRESCOM S.R.L. (RE-2017-25538183-IVC, Orden 64), todo de conformidad al Anexo I que forma parte del presente.

En virtud de lo establecido en el Art. 110 de la Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios en la CABA y sus modificatorias (Texto consolidado por Ley Nº 5666 - BOCBA 5014 del 24/11/2016) (Decreto Reglamentario Nº 326/17) que establece: "(...) Las micro y pequeñas empresas, cooperativas y talleres protegidos creados por Ley 778, tendrán un margen a favor del cinco por ciento (5%) en el valor ofertado en todos los procedimientos de contratación normados por la presente Ley, respecto de los restantes oferentes.(...)", se procede a efectuar la categorización de las empresas oferentes, en virtud de la documentación contable requerida y presentada por las mismas y lo prescripto por Resolución 340-E/2017 de la Secretaría de Emprendedores y de...

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