Licitacion Publica Nacional e Internacional / Circular con consulta N° 123/SECTRANS/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 5 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Circular Con Consulta N° 2 - Licitación Pública Nacional e Internacional Nº
123/SIGAF/18
E.E. Nº 7.244.402-MGEYA-SECTRANS/18
Concesión de la prestación integral, modernización, operación, mantenimiento y
explotación, del sistema de Transporte Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Consulta 1:
Asunto: Anticipo Financiero - incentivo. ¿Bajo qué condiciones procede el anticipo
financiero? ¿Debe indicarse en la carta de intención solicitando el anticipo financiero
cómo se descontará ese anticipo de los pagos que deba realizar el GCABA? ¿Si no
debe estar en la carta, el GCABA establecerá antes de la licitación cuál será la forma
de imputación del anticipo financiero?
Respuesta 1:
Remítase a lo dispuesto en el artículo 4 del PBCP en el cual se disponen los requisitos
y condiciones aplicables para el otorgamiento por parte del GCABA de un anticipo
financiero. En la carta de intención, el oferente no deberá indicar las modalidades del
descuento que se aplicarán toda vez que ello será definido por la Autoridad de
Aplicación. El anticipo; será descontado de la certificación mensual durante el primer
año de contrato.
Consulta 2:
Asunto: anticipo financiero - incentivo: ¿En qué momento debe solicitarse?
Respuesta 2:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del PBCP, el incentivo deberá
solicitarse al momento de la presentación de la oferta.
Consulta 3:
Asunto: anticipo financiero - incentivo: Aclarar el alcance y el cálculo del incentivo por
puesta en marcha de la totalidad del sistema en 9 meses (Art. 5 PBCP)
Respuesta 3:
Remítase a lo dispuesto en el 2do párrafo del artículo 5 del PBCP.
Consulta 4:
Asunto: Licitación: Se puede considerar la experiencia / antecedentes técnicos de
otras compañías del grupo (afiliadas, controladas y controlantes) para cumplir con los
requisitos técnicos del pliego?
Respuesta 4:
A los fines de acreditar los antecedentes que se definen en los pliegos licitatorios, sólo
se computarán los antecedentes que sean propios, es decir ya sea individualmente o
por parte de alguno de los integrantes de la UT. En caso que un oferente quisiera
computar los antecedentes de otra compañía como parte de su oferta, el oferente se
deberá presentar en UT sin perjuicio de que el capital accionario de dicha compañía
pertenezca en su mayoría al oferente.
Consulta 5:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5387 - 05/06/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR