Licitación Pública / Circular con consulta N° 1566/DGTALMAEP/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL
GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES
CIRCULAR N° 2 - con consulta - Licitación Pública Nº 8503-1566-LPU18
Expedientes Electrónicos N° 24442620-DGREC/18 y N° 27832210-DGTALMAEP/18
Licitación Pública Nº 8503-1566-LPU18
Servicio de mantenimiento general preventivo y correctivo en centros de reciclado de
la Dirección General de reciclado del Gobierno de la Ciudad Autónoma De Buenos
Aires (GCABA)".
1- CONSULTA:
Podría aclarar lo dispuesto en el Artículo 32° Punto A2, donde se establece:
“I) Deberá sumar el total de la oferta económica del servicio básico por abono y el total
del servicio complementario por preciario. Este último se obtendrá sumando los
precios totales de todos los ítems que integran el preciario del renglón analizado.“
Por un lado, se solicita que se indique como se calcula el “servicio básico por abono“
¿Por Centro de Reciclado o por Renglón? ¿Por valor hora o por valor total?
Por otro lado, en el punto citado se hace referencia al “preciario del renglón analizado“.
En este sentido ¿Se debe presentar un preciario por renglón, por Centro de Reciclado
o uno único para la totalidad de la contratación?
RESPUESTA:
El servicio básico se calcula por valor total de la cotización del grupo de renglones que
conforman cada Centro de Reciclado cotizado.
El preciario es único para la totalidad de la contratación, indistintamente de la cantidad
de Centros que se cotice.
2- CONSULTA:
Con respecto a la estructura de costos, se entiende que es por renglón, el modelo del
pliego hace referencia al servicio de mantenimiento únicamente. ¿Se debe componer
la estructura también por limpieza, jardinería y supervisión?
RESPUESTA:
Deberá estarse al Art. 22.- FORMA DE COTIZAR del Pliego de Condiciones
Particulares.
3- CONSULTA:
Estimados, con relación al Anexo 1 - PLANILLA ESTRUCTURA DE COSTOS, a
efectos de interpretar adecuadamente el detalle a presentar, les consultamos:
a) La columna “G precio unitario“, refiere al importe mano de obra indicado en columna
“precio máximo por hora de operario“ del Pto. Oficial?
b) Debe aplicarse el mismo desagregado para cada ítem del Anexo 08 Preciario de
repuestos para mantenimiento correctivo?
RESPUESTA:
Deberá estarse al Art. 22.- FORMA DE COTIZAR del Pliego de Condiciones
Particulares. Conforme lo establecido en el mencionado Artículo no se requiere la
presentación de la planilla de estructura de costos para los ítems que componen el
preciario.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5574 - 11/03/2019

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