Licitación Pública / Circular con consulta N° 513/DGTALMAEP/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
DIRECCIÓN GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Circular con consulta - Licitación Pública Nº 513/SIGAF/18
E.E. N° 23249721/DGRU/18.
Circular N° 2 con consulta
Licitación Pública Nº 513/SIGAF/r18 Obra: “Barrio 1-11-14 Puesta En Valor AV.
Riestra
Consulta N° 1
Si es factible que en el caso que la fecha de cierre del último Estado Contable supere
los 9 (nueve) meses, resulta admisible presentar un Estado de Situación Patrimonial
de corte cuya antigüedad no sea mayor de 3 (tres) meses de la fecha de apertura de
las ofertas. Considerando de esta manera el promedio entre Estado de Situación
Patrimonial y el último Estado Contable anual para evaluar los índices económicos
según PCP 2.5.5. reflejando una situación más actualizada del oferente.
Respuesta N° 1
Considerándose que para el cálculo de indicadores económicos financieros,
tratándose de personas jurídicas, los Estados Contables correspondientes a los dos
(2) últimos ejercicios económicos anuales, tal cual reza el inciso 13 del artículo
2.3.4.1 del Pliego de referencia, el mismo debe contar con dictamen de razonabilidad
emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con firma legalizada por el
Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo.
En tal sentido, siendo el dictamen de razonabilidad el elemento que da constancia de
la realización de una labor de auditoría para la confección de tales Estados, que
asimismo es de destacarse que junto con dichos Estados Contables (o Balances
Generales) debe acompañarse actas de asamblea de socios, para el caso de
Sociedades de Responsabilidad Limitada.
De más resulta aclarar que tales condiciones no son contenidas en un Estado de
Situación Patrimonial de corte, más también vale aclarar que en el apartado 2 del
artículo 2.2.5 del Pliego en cuestión, habilita la posibilidad a cada oferente de
presentar documental alternativa a fin de exponer condiciones económicas más
cercanas a la fecha de apertura de ofertas.
En razón de lo expuesto, se ratifican las condiciones de evaluación exigidas en el
artículo 2.2.5 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Referencia: Circular N° 2 CON CONSULTA
Número: PLIEG-2018- 28277342-DGTALMAEP
Buenos Aires, Viernes 12 de Octubre de 2018
USUARIO GENERADOR: NICOLAS NAIDICH DIRECTOR GENERAL
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Nicolas Naidich
Director General
Inicia: 17-10-2018 Vence: 17-10-2018
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5479 - 17/10/2018

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