Licitación Pública / Circular con consulta N° 314/UCCUPEJOL/18

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VICEJEFATURA DE GOBIERNO
UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA
JUVENTUD BUENOS AIRES 2018
Circular con consulta - Licitación Pública Nº 9982-0314-LPU18
Circular N° 4 con consulta
Licitación Pública Nº 9982-0314-LPU18 -"Servicio de equipamiento audiovisual",
destinado a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018".
Normas autorizantes: RESOL-2018-64-UPEJOL
Por la presente se formulan aclaraciones a consultas realizadas por firmas
interesadas en cotizar:
Consulta N°17:
En el Pliego de Bases y Condiciones Particulares - ARTÍCULO 23: CONTENIDO DE
LA OFERTA - punto B.- REQUISITOS FISCALES, ECONOMICOS Y FINANCIEROS -
Punto 9) El oferente deberá presentar junto con la Cotización, la estructura real de
costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle
de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva (sin
considerar el impuesto a las ganancias en el desagregado de impuestos) y la utilidad
prevista.
De lo anterior surge la siguiente consulta: en el desagregado de impuestos debe
incluirse el
IVA e Ingresos Brutos o bien sólo el IVA.
Respuesta N°17:
En la estructura de costos debe aperturarse el impuesto al valor agregado (IVA),
impuesto a los ingresos brutos (IIBB) e impuesto a los débitos.
No deberá considerarse el impuesto a las ganancias.
En los anexos del proceso BAC, puede encontrar un instructivo para la confección de
la estructura de costos solicitado.
Consulta N°18:
En el Pliego de Especificaciones Técnicas - 2.1 GRUPO 1: Servicios de Captura,
gestión y distribución de contenidos audiovisuales - 2.1.15 NIVELES DE SERVICIO -
C Nivel Bajo: Operativa fuera del campo de juego no relacionadas con el deporte y/o
evento - el punto que dice - señales codificadas localmente en campo de juego,
decodificadas en los dispositivos de reproducción tales como TVs y Pantallas LED
relacionadas con dicho deporte / campo de juego: 300 ms
Favor de informar si se requieren 300 milisegundos o bien 3000 milisegundos.
Respuesta N°18:
Los tiempos de latencia no se corresponden directamente con los niveles de servicio
mencionados como puntos A,B,C. Se asume que esta consulta va en conjunto con la
Consulta 19.
Consulta N°19:
En Especificaciones Técnicas
Punto 2.1.15 ¿es posible, con los fines de optimizar la relación precio prestación de los
encoders, aumentar la latencia de 300 a 600 milisegundos en los casos de señales
codificadas localmente?
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5378 - 22/05/2018

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