Licitación Privada 013/2011

Fecha de la disposición18 de Marzo de 2011

Viernes 18 de marzo de 2011 Tercera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.113 11

Consulta N'° 34: S4600-EZ-MD-10P4001, GNEA-IB-I-SP-000090. De acuerdo a la especificación técnica GNEA-IB-I-SP-000090 se deberá proveer un caudalÃmetro Tag: FIT-110501 A. Por otro lado en la memoria descriptiva de la Estación de Medición Desvió Arijón mencionan un caudalÃmetro en 8” para la primera etapa y uno en 12” para la segunda etapa. Entendemos que además del Tag: FIT-110501 A solo pertenece al alcance el caudalÃmetro ultrasónico de 8” para desvió Arijón. Por favor confirmar si el entendimiento es correcto.

Respuesta: La especificación técnica GNEA-IB-SP-000090 corresponde al caudalÃmetro del Renglón 1. Remitirse a los caudales y diámetros especificados en la hoja de datos.

Consulta N'° 35: PET Renglón 1, sección 1.1.1., el PET Renglón 2, secciones 1.1.1 y 1.1.2, y el PET Renglón 3, sección 1.1.1. - Dicen que “Los gastos de llenado y venteo del gas a utilizar correrán por cuenta del contratista, Incluyendo el gas de venteo durante la habilitación hasta que se verifique que el contenido de humedad del gas se encuentre por debajo de los 65 mg/m3”. Agregando en el del Renglón 1 “No será a cargo de la contratista el volumen contenido en su interior hasta que la presión del gasoducto sea igual a la del Gasoducto Juana Azurduy.” Favor aclarar:

  1. Volumen de Gas Para el Llenado de los Renglones 2 y 3:

    Para poder cuantificar este rubro, debido a que la provisión de Gas tiene varias tarifas según sea su uso, consideramos serÃa más conveniente que el volumen de Gas necesario para el llenado de la tuberÃa correspondiente al los Renglones 2 y 3 sea suministrado por ENARSA sin costo alguno para el contratista.

    O caso contrario nos indiquen que tarifa debe ser considerada en le punto de entrega del Gasoducto Juan Azurduy y DesvÃo Arijón de TGN.

  2. Presión de Empaque para cada Renglón:

    Entendemos que el gas de empaque para los Renglones 1 y 2 se tomará del Gasoducto Juana Azurduy, favor indicarnos dicha presión. Mientras que la presión de empaque del Renglón 3 es la presión de Gas que entregará TGN en DesvÃo Arijon, favor indicarnos dicha presión.

  3. Contenido de Humedad en los diferentes Renglones:

    Considerando que el contratista secará la tuberÃa de acuerdo a lo especificado, es decir con un punto de rocÃo menor o igual a -40 '°C, entendemos que el contratista debe garantizar el mismo grado de humedad en cualquier punto de cada Renglón, con el mismo grado de humedad del Gas con que se recibe en los puntos de Entrega del Gasoducto Juana Azurduy y en DesvÃo Arijón según corresponda.

    Consulta N'° 36: Solicitamos nos informen el valor por m3 de gas que nos cobrará ENARSA, para cada renglón, para el caso de ser de aplicación lo indicado en el último párrafo del punto 8.13.5.1 Secado del Gasoducto.

    Respuesta:

  4. El gas de llenado de la cañerÃa estará a cargo de ENARSA, la contratista deberá pagar el gas venteado calculado en forma teórica de acuerdo al tiempo de venteo y la presión a la cual se realiza, según la siguiente fórmula:

    Donde:

    Q: flujo de gas (m3/h) T: tiempo de venteo en minutos.

    V: volumen venteado en m3

    Cd: Coeficiente de descarga de la cañerÃa A: sección transversal de la cañerÃas (m2) P1: Presión absoluta en bar Y: Exponente adiabático R: Constante de los gases (8314 J/Kmol/K) TI: Temperatura inicial, en K.

    Z: factor de compresibilidad.

    M: peso molecular (Kg/Kmol) El precio del gas natural será para todo los casos de 8 U$S/MM BTU.

  5. Respondido en a).

  6. Es correcto.

    Consulta N'° 37: La sección 8.13.5.1 del PETG menciona que se deberán considerar dos tipos de secado, con metano o con aire deshidratado, agregando que el contratista deberá discriminar en su oferta las cotizaciones y plazos de ambos métodos. Dice que las tareas de limpieza y secado se deberán hacer de acuerdo a la norma NAG-124, la sección 10.3.3.1 de la norma NAG-100 dice que el método de secado con aire deshidratado es de aplicación en cañerÃas de diámetros nominales hasta 254mm (10”). Favor aclarar.

    Respuesta: En caso que el contratista lo proponga, ENARSA aceptará el secado con aire deshidratado, previa consulta al ENARGAS, por lo cual el Oferente deberá cotizar ambos métodos, según se indica en el ArtÃculo 8.13.5.1 del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales.

    Consulta N'° 38: Solicitamos tengan a bien autorizar una tolerancia que flexibilice parcialmente los requisitos detallados en el art. 17 del Pliego de Cláusulas Generales y Especiales. Teniendo en cuenta (i) que en los últimos años se han instalado una gran cantidad de gasoductos pero que no existieron llamados a licitación como el que en forma oficial y pública plantea Enarsa donde no se requiere financiamiento por el Contratista como condición excluyente; (ii) que, en esos contratos, luego de adjudicados los actores principales y/o los entes que oficiaron como Gerentes de los proyectos convocaron á concursos privados o casi privados de precios al menos en lo que a la convocatoria de oferentes se refiere y (iii) que fuera de esos concursos fueron escasos los llamados a licitación por parte de las Distribuidoras; es que solicitamos sea extendida hasta 15 años la antigüedad de los trabajos a presentar en la lista de antecedentes. Resaltamos que nuestro pedido es para que se conceda una flexibilización parcial no solo porque se trata de uno solo de los parámetros especificados, sino porque esa condición de mayor antigüedad no superarÃa los 2/3 del total de kilómetros de los antecedentes que estamos en condiciones de presentar.

    Respuesta: RemÃtase a lo establecido en el ArtÃculo 17 del PCGYE.

    1. Aclaraciones sin consulta:

    Sustitúyase el ArtÃculo 59. Bonificaciones y penalidades por el siguiente: “Los plazos de entrega resultan un factor esencial y ENARSA sufrirá daños y perjuicios si el Contratista no cumpliere con los mismos.

    1. Bonificaciones.

      Si el Contratista adelantara los plazos previstos en el ArtÃculo 40. Plazos de entrega, se le otorgará una bonificación equivalente al veintidós centésimos por ciento (0,22%) del monto total del contrato por cada dÃa que se acelere la terminación de la obra. En ningún caso esta bonificación podrá superar el cinco por ciento (5%) del monto total del contrato.

    2. Sanciones.

      Los incumplimientos de las obligaciones derivadas del contrato importarán la aplicación de las sanciones que se detallan a continuación, sin perjuicio de toda otra...

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