Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 6 de Marzo de 2018, expediente CNT 079920/2015/CA001

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 79.920/2015/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA. 36997 AUTOS: “LEZCANO, H.A. c/ GUIA LABORAL EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES S.R.L. Y OTRO s/ DESPIDO” (JUZGADO Nº 15).

Buenos Aires, 6 de marzo de 2018.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 115 por la perito contadora contra los honorarios fijados a su favor en la sentencia definitiva de fs.112/114vta. (concedido a fs.116).

Y CONSIDERANDO:

La regulación de honorarios profesionales debe ajustarse a las normas legales, salvo supuestos excepcionales debidamente fundados.

Los emolumentos de la experta contable deberán ajustarse a la complejidad de la tarea realizada (fs. 76/78vta., 88/vta.) y su relevancia para la resolución de la causa de acuerdo a las escalas del decreto regulatorio de los aranceles profesionales de ciencias económicas; de este modo, teniendo en el monto el monto de condena así como también las pautas arancelarias vigentes; los honorarios regulados a la perito contadora no son reducidos y se...

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