Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 19 de Mayo de 2017, expediente CNT 046297/2013/CA001

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 46.297/2013 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 50838 CAUSA Nro. 46.297 /2013 - SALA VII - JUZGADO Nº 6 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de mayo de 2017, para dictar sentencia en estos autos: ”LEZCANO, G.F. c/ LECO S. A .S/ DESPIDO” se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

I.-A fs.6/9 se presenta G.F.L., promoviendo formal demanda por cobro de sumas de dinero contra LECO S. A.-

Manifiesta que ingresó a trabajar para la accionada, dedicada a la explotación comercial de estaciones de servicio de suministro de GNC para automóviles (EG3) el día 27 el septiembre de 2010, en la categoría de encargado nocturno cumpliendo el horario de 22.00 a 6.00 horas, con un franco semanal Expresa que se desempeñó con responsabilidad, contracción al trabajo, puntualidad.

Señala que realizaba horas extras si la situación lo requería y que era la única persona en el sitio de trabajo durante el horario de la noche.

Asimismo, expresa que surge de la liquidación de sus haberes que la categoría en la que se encontraba registrado era la de playero diurno, y no de encargado, lo cual se tradujo en una reducción de su salario Da cuenta de las irregularidades e incumplimientos en que incurrieran sus empleadores, lo que motivara el perjuicio económico que por ello sufriera.

Transcribe el intercambio telegráfico posterior y dice que la demandada lo despidió

invocando una causal falsa y maliciosa por lo que viene a reclamar las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, diferencias salariales, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.

A fs. 90/110, obra la contestación de la demanda en la que el accionado niega los hechos invocados por el actor y relata los mismos de acuerdo a su parecer .

Reconoce el vínculo de trabajo que mantuvo con el actor.

A fs. 282/283 obra la sentencia de primera instancia en la que el “a-quo” hace lugar en parte a la pretensión del actor.

A fs. 285 la actora apela sus honorarios.

A fs. 287/289 la demandada expresa agravios, cuya réplica obra a fs.291.

II.-La demandada objeta el fallo de primera instancia por cuanto consideró que no logró probar el incumplimiento endilgado en la comunicación rescisoria. En este sentido, sostiene que no habría valorado adecuadamente la prueba de testigos.

Adelanto que, en mi opinión, no le asiste razón .

En primer lugar debo recordar que producido el despido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR