Leyes Provinciales, Año 2024 Ley XX N° 90 Dto. N° 1562: «apruébase en Todos Sus Términos el Convenio, Suscripto entre el Gobierno de la Provincia Del Chubut , la Municipalidad de Esquel,, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa Came, la Federación, Empresaria de Chubut y la Cámara de Comercio, Industria, Producción, y Turismo Del Oeste »
Fecha de publicación | 04 Noviembre 2024 |
Sección | Sección Oficial |
Número de Gaceta | 13272 |
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 13
Lunes 4 de Noviembre de 2024
LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL
VEINTICUATRO.
Dr. GUSTAVO MENNA
Presidente
Honorable Legislatura
de la Provincia de Chubut
VALERIA HAYDEE ROMERO
Secretaria Legislativa
Honorable Legislatura
de la Provincia de Chubut
Decreto N° 1561
Rawson, 28 de octubre de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a aprobar en todos sus
términos el convenio suscripto entre la Provincia del
Chubut, representada por su Gobernador Lic. Ignacio
Agustín TORRES, la Municipalidad de Trelew, repre-
sentada por su Intendente Med. Vet. Gerardo MERINO,
la Confederación Argentina de la Mediana Empresa
(CAME), representada por su Secretario y Apoderado
Sr. Ricardo Dibab, la Federación Empresaria de Chubut,
representada por su Presidente Sr. Carlos LORENZO y
la Cámara de Industria y Comercio del Este del Chubut,
representada por su Presidente Sr. Cesar Daniel
PAILACURA, protocolizado al Tomo 3, Folio 234 del Re-
gistro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles
de la Escribanía General de Gobierno, el día 29 de agosto
de 2024; sancionado por la Honorable Legislatura de la
Provincia del Chubut el día 10 de octubre de 2024, y la
facultad que otorga al Poder Ejecutivo el Artículo 140°
de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: XX N° 89
Cúmplase, comuníquese y oportunamente
publíquese en el Boletín Oficial.-
Lic. IGNACIO AGUSTÍN TORRES
Dr. VICTORIANO ERASO PARODI
APRUÉBASE EN TODOS SUS TÉRMINOS EL CONVE-
NIO SUSCRIPTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DEL CHUBUT, LA MUNICIPALIDAD DE
ESQUEL, LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE LA
MEDIANA EMPRESA - CAME, LA FEDERACIÓN
EMPRESARIA DE CHUBUT Y LA CÁMARA DE
COMERCIO, INDUSTRIA, PRODUCCIÓN
Y TURISMO DEL OESTE
LEY XX Nº 90
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos el
Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia
del Chubut, representado por su Gobernador, Lic. Igna-
cio Agustín Torres, la Municipalidad de Esquel, repre-
sentada por su Intendente Municipal, Sr. Matías Federi-
co Taccetta, la Confederación Argentina de la Mediana
Empresa - CAME, representada por su secretario y
apoderado, Sr. Ricardo Diab, la Federación Empresaria
de Chubut, representada por su Presidente, Sr. Carlos
Lorenzo y la Cámara de Comercio, Industria, Produc-
ción y Turismo del Oeste de Chubut, representada por
su Presidente, Sr. Claudio Selva, celebrado el día 5 de
julio de 2024, protocolizado al Tomo 3, folio 233 del
Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles
de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del
Chubut, el 29 de agosto de 2024; suscripto con el obje-
tivo de contribuir al fortalecimiento competitivo de las
pequeñas y medianas empresas dedicadas al comer-
cio minorista y a la prestación de servicios.
Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORA-
BLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL
VEINTICUATRO.
Dr. GUSTAVO MENNA
Presidente
Honorable Legislatura
de la Provincia de Chubut
VALERIA HAYDEE ROMERO
Secretaria Legislativa
Honorable Legislatura
de la Provincia de Chubut
Decreto N° 1562
Rawson, 28 de octubre de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a aprobar en todos sus
términos el Convenio suscripto entre el Gobierno de la
Provincia del Chubut, representado por su Gobernador,
Lic. Ignacio Agustín Torres, la Municipalidad de Esquel,
representada por su Intendente Municipal, Sr. Matías
Taccetta, la Confederación Argentina de la Mediana
Empresa -CAME-, representada por su secretario y
apoderado, Sr. Ricardo Diab, la Federación Empresaria
de Chubut, representada por su Presidente, Sr. Carlos
Lorenzo y la Cámara de Comercio, Industria, Produc-
ción y Turismo del Oeste de Chubut, representada por
su Presidente, Sr. Claudio Selva, celebrado el día 5 de
julio de 2024, protocolizado al Tomo 3, Folio 233 del
Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles
de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del
Chubut, el 29 de agosto de 2024; sancionado por la
Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día
10 de octubre de 2024, y la facultad que otorga al Poder
Ejecutivo el Artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: XX N° 90
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