LEY W-0738. Fijación de límites entre las provincias de buenos aires y entre ríos (Antes Ley 18000)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaPúblico, Provincial y Municipal
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación23 de Diciembre de 1968
Fecha de Sanción13 de Diciembre de 1968
Fecha de Promulgación13 de Diciembre de 1968
Artículo 1

Fíjase el límite entre las provincias de Buenos Aires y Entre Ríos por el medio del canal de navegación del río Paraná desde el punto en que comienza el pequeño brazo de este río denominado arroyo Yaguarón, en el cual desagua el arroyo del Medio, siguiendo luego por aquel canal del Paraná hasta la unión del mismo con el brazo llamado Ibicuy, continuando después por el canal del Paraná Guazú hasta su desembocadura en el Río de la Plata.

Artículo 2

Corresponderán a Entre Ríos todas las islas que al 28 de enero de 1944 estaban situadas a la izquierda del canal referido en el artículo 1° y en los puntos donde existen dos canales, por el que a esa fecha haya tenido mayor tránsito; y corresponderán a Buenos Aires todas las islas situadas a la derecha de dicho canal, de acuerdo a la demarcación efectuada en los anexos 1 y 2 del dictamen del Instituto Geográfico Militar del 28 de enero de 1944.

LEY W-0738

(Antes Ley 18000)

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