Ley 8342 / 2010. Ley del 22 de Septiembre de 2010. Aviso Nro: 17019

Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2010
Número de Boletín27375
Fecha de Publicación27 de Septiembre de 2010

Ley N° 8.342 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Declárase el estado de emergencia del sistema eléctrico de transporte por distribución troncal en el ámbito provincial hasta el 30/05/2012, razón por lo cual su expansión constituye un objetivo prioritario y de interés del Estado Provincial

Art. 2°.- Decláranse prioritarios los estudios y la inversión en la Provincia, vinculados con la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables aplicadas al servicio público, como asimismo el reemplazo de la generación aislada, contribuyendo de este modo a la estructuración de una oferta que aporte al desarrollo económico y social sustentable de la Provincia. Art. 3°.- Establécese que el desarrollo de los sistemas eléctricos responderá a una planificación física y económico-financiera integrada e integral y contemplará las acciones y responsabilidades de todos los actores con injerencia en el desarrollo eléctrico provincial, con la finalidad de identificar e implementar las soluciones convenientes. El Ministerio de Desarrollo Productivo será el responsable de formular y mantener actualizado el Plan de Desarrollo Eléctrico de la Provincia, que deberá estar integrado por:

  1. El Plan de Desarrollo de Generación Eléctrica a partir de la utilización de fuentes de energía renovables. 2. El Plan de Obras de Transporte de Energía Eléctrica. 3. El Plan de Expansión de Distribución de Energía en Zonas Rurales y Dispersas, en áreas no alcanzadas por las responsabilidades de EDET S.A. 4. El Plan de Inversiones Obligatorias de EDET S.A. El Ministerio de Economía tendrá la responsabilidad de llevar a cabo las contrataciones de las obras que le corresponda ejecutar a la Provincia, que no formen parte de la obligación de terceros y que resulten una consecuencia de las acciones proyectadas por el Ministerio de Desarrollo Productivo. Art. 4°.- Apruébase el "Plan de Obras de Transporte de Energía Eléctrica de la Provincia de Tucumán 2006/2016" en adelante Plan de Transporte 2006-2016 - y el "Plan Crítico", convalidados respectivamente por el Poder Ejecutivo de la Provincia mediante Decreto N° 1510/3 (ME)/2006 y...

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