Ley 8336 / 2010. Ley del 13 de Septiembre de 2010. Aviso Nro: 16981

Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2010
Número de Boletín27374
Fecha de Publicación23 de Septiembre de 2010

Ley N° 8.336 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1°

Adhiérese la Provincia de Tucumán a las disposiciones establecidas en la Ley Nacional N° 26.485 "Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales". Art. 2°.- Comuníquese. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil diez. Regino Néstor Amado, Presidente a/c de la Presidencia H. Legislatura de Tucumán. Juan Antonio Ruiz Olivares, Secretario H. Legislatura de Tucumán. REGISTRADA BAJO EL N° 8.336.- San Miguel de Tucumán, Septiembre 13 de 2010.- Promúlguese como Ley de la Provincia, conforme a lo establecido por el Artículo 71 de la Constitución Provincial, cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decretos.- C.P.N. José Jorge Alperovich, Gobernador de Tucumán. Prof. Beatriz Graciela Mirkin, Ministra de Desarrollo Social.

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