Ley 14031 de 15 de Septiembre de 2009

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley

ARTÍCULO 1º

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la Localidad de Santa Clara del Mar, Partido de Mar Chiquita, identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección G, Manzana 227, con todo lo edificado, plantado y sus accesorios ornamentales; a nombre de quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares dominiales.

ARTÍCULO 2º

El inmueble será cedido a la Municipalidad de Mar Chiquita con el cargo de realizar un paseo público, anfiteatro, obras de infraestructura y espacios culturales.

ARTÍCULO 3º

Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias en el presente ejercicio fiscal para el efectivo cumplimiento de la presente.

ARTÍCULO 4º

Sancionada la presente, otórguese la inmediata posesión del inmueble a la Municipalidad de Mar Chiquita, para que en el plazo determinado por la legislación vigente cumpla con el objeto de establecido en el artículo 2º.

ARTÍCULO 5º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiséis días del mes de agosto de dos mil nueve.

Horacio Ramiro González Alberto Edgardo Balestrini

Presidente H. C. Diputados Presidente H. Senado

Manuel Eduardo Isasi Máximo Augusto Rodríguez

Secretario Legislativo Secretario Legislativo H. Senado

H. C. Diputados

DECRETO 1.870

La Plata, 15 de septiembre de 2009.

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y Boletín Oficial y archívese.

Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura Gobernador

de Gabinete de Ministros

REGISTRADA bajo el número CATORCE MIL TREINTA Y UNO (14.031)

Mariano Carlos Cervellini

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