LEY P-3293. Limites para el otorgamiento de asignaciones familiares. (Antes DNU 1667/2012)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaLaboral
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación13 de Septiembre de 2012
Fecha de Sanción12 de Septiembre de 2012
Fecha de Promulgación12 de Septiembre de 2012
Artículo 1°

Los límites que condicionan el otorgamiento de las asignaciones familiares o la cuantía de las mismas, se calcularán en función de la totalidad de los ingresos correspondientes al grupo familiar.

Art. 2°

— A los efectos de la aplicación del artículo 1° del presente Decreto, deben considerarse como ingresos, las remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados, las rentas de referencia para trabajadores autónomos y monotributistas, las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las prestaciones previstas en las Leyes Números. 24013 , 24241 , 24557 , 24714 artículo 11 , 25191 y sus respectivas modificatorias y complementarias.

Art. 3°

— Facúltase a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para que dicte las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del presente decreto.

Art. 4°

— El presente decreto comenzará a regir a partir de las asignaciones familiares devengadas por el mes de septiembre de 2012.

LEY P-3293

(Antes DNU 1667/2012)

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