Ley Nro. 9442 - LEY Nº 9442

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2022

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,

SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y :

Artículo 1º

Prorróguese por 5 (cinco) años la vigencia del Artículo 14 de la Ley Nº 6658 y sus modificatorias a fin de completar las expropiaciones de las fracciones de los inmuebles comprendidos en la superficie total asignada al Parque de Servicios e Industrias Palmira (PASIP) y sus obras anexas, conforme surge de los planos del Anexo III de la citada Ley.

No será de aplicación la figura del abandono prevista en los Artículos 54 y 55 del Decreto-Ley Nº 1447/75 de expropiaciones.

Art. 2º- La presente Ley tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA...

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